Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2025061804)
Resolución de 23 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas a la producción de largometrajes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 86
Miércoles 7 de mayo de 2025

25023

— Resolución por grupo de edades.
— Certificado de nacionalidad española.
— Documentación acreditativa de la inscripción en el depósito legal de la obra realizada.
— Disco duro que contenga una copia en formato DCP en versión original del largometraje
realizado, con la posibilidad de activar los subtítulos en inglés. En el caso de que la versión en original esté en inglés, la posibilidad de activar los subtítulos en castellano.
— Archivo SRT con los subtítulos en inglés.
— Accesibilidad con audiodescripción en archivo WAV o MP3 y subtítulos en castellano en
archivo SRT.
g) Acreditación del ejercicio de una actividad económica acorde a la naturaleza de la subvención en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.


En todo caso:



a) Los documentos acreditativos de los gastos realizados comprenderán:



— Facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente, con validez en
el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, justificativos de la realización de la actividad.




— Justificantes del pago de los documentos de gasto.

b) En cuanto a los justificantes de pago, se indica que:

— Los pagos de facturas de importe igual o superior a 1.000,00 euros deberán
justificarse necesariamente mediante documentos bancarios (cheques, transferencias, pagarés, etc.) y su correspondiente justificación de cargo en cuenta (mediante certificado de la entidad bancaria, listados de movimientos de cuentas,
documento de cargo en cuenta, etc.).
— Los pagos de facturas de importe inferior a 1.000,00 euros podrán realizarse,
además de la manera indicada en el párrafo anterior, a través de pago en metálico, acreditado mediante recibo o certificado de pago de la misma emitido por el
proveedor (en original).


— En la documentación justificativa del pago, siempre debe quedar acreditado claramente el sujeto que paga la factura, el proveedor, el importe pagado y la factura
a que corresponde dicho pago.