Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Pymes. Ayudas. (2025040065)
Decreto 37/2025, de 6 de mayo, por el que se modifica el Decreto 288/2023, de 27 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su mejora competitiva, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 89
Lunes 12 de mayo de 2025
25721
12. Acreditación conforme a los estándares de carácter internacional basados en
las normas ISO del cálculo de la Huella de Carbono, a los efectos de medir la
emisión de los Gases de Efecto Invernadero (GEI).
13. Implantación y certificación de un Sistema de Gestión de Calidad bajo la norma PECAL/AQAP Requisitos OTAN de aseguramiento de la calidad.
14. Certificación de Sistemas Gestión de Responsabilidad Social Empresarial basados en los modelos IQNET SR10 y SGE21, así como los gastos de validación por entidad externa homologada de las memorias para la calificación e inscripción en el Registro de Empresas Socialmente Responsables de
Extremadura.
15. Certificación igualdad de género, según ISO 53800.
16. Cualquier otra norma reconocida institucionalmente que venga referida a
alguno de los ámbitos indicados en los puntos anteriores, o que venga a
suponer una optimización de la gestión de los procesos y una mejora en la
competitividad de la empresa, o que sea requisito necesario por exigencias
del mercado internacional o del sector.
2. N
o se considerará subvencionable la adaptación de una norma previamente implantada y certificada en la empresa, ni la implantación y certificación de una
norma o sistema que ya hubiese sido subvencionado anteriormente por parte
de la Junta de Extremadura en los cinco años anteriores a la presentación de la
solicitud, salvo que se acredite que la nueva norma a implantar y certificar es
para otra actividad diferente a la ya subvencionada anteriormente, en cuyo caso
tendría carácter subvencionable sin ninguna limitación temporal.
3. A
demás de lo anterior, para que un proyecto tenga carácter subvencionable, deberá contener la implantación y la certificación de la norma o protocolo.
4. S
erán subvencionables los gastos de consultoría externa especializada, que acredite disponer de experiencia en la norma o sistema a implantar, lo cual debe acreditarse en la Memoria a presentar junto a la solicitud, conforme al modelo que se
establezca en la convocatoria, relacionando en la misma la realización de trabajos
anteriores de naturaleza similar; y gastos de certificación o verificación realizada
por entidad acreditada en la norma, sistema o estándar de que se trate, excepto
aquellas normas o sistemas que por su grado de novedad, aún no exista en el
mercado ninguna entidad acreditada para tal fin, por lo que, en dicho caso, se
Lunes 12 de mayo de 2025
25721
12. Acreditación conforme a los estándares de carácter internacional basados en
las normas ISO del cálculo de la Huella de Carbono, a los efectos de medir la
emisión de los Gases de Efecto Invernadero (GEI).
13. Implantación y certificación de un Sistema de Gestión de Calidad bajo la norma PECAL/AQAP Requisitos OTAN de aseguramiento de la calidad.
14. Certificación de Sistemas Gestión de Responsabilidad Social Empresarial basados en los modelos IQNET SR10 y SGE21, así como los gastos de validación por entidad externa homologada de las memorias para la calificación e inscripción en el Registro de Empresas Socialmente Responsables de
Extremadura.
15. Certificación igualdad de género, según ISO 53800.
16. Cualquier otra norma reconocida institucionalmente que venga referida a
alguno de los ámbitos indicados en los puntos anteriores, o que venga a
suponer una optimización de la gestión de los procesos y una mejora en la
competitividad de la empresa, o que sea requisito necesario por exigencias
del mercado internacional o del sector.
2. N
o se considerará subvencionable la adaptación de una norma previamente implantada y certificada en la empresa, ni la implantación y certificación de una
norma o sistema que ya hubiese sido subvencionado anteriormente por parte
de la Junta de Extremadura en los cinco años anteriores a la presentación de la
solicitud, salvo que se acredite que la nueva norma a implantar y certificar es
para otra actividad diferente a la ya subvencionada anteriormente, en cuyo caso
tendría carácter subvencionable sin ninguna limitación temporal.
3. A
demás de lo anterior, para que un proyecto tenga carácter subvencionable, deberá contener la implantación y la certificación de la norma o protocolo.
4. S
erán subvencionables los gastos de consultoría externa especializada, que acredite disponer de experiencia en la norma o sistema a implantar, lo cual debe acreditarse en la Memoria a presentar junto a la solicitud, conforme al modelo que se
establezca en la convocatoria, relacionando en la misma la realización de trabajos
anteriores de naturaleza similar; y gastos de certificación o verificación realizada
por entidad acreditada en la norma, sistema o estándar de que se trate, excepto
aquellas normas o sistemas que por su grado de novedad, aún no exista en el
mercado ninguna entidad acreditada para tal fin, por lo que, en dicho caso, se