Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Plan Infoex. (2025050061)
Orden de 6 de mayo de 2025 por la que se declara la época de peligro alto de incendios forestales en el año 2025, se establece la regulación de usos y actividades durante dicha época, y se desarrollan las medidas generales y las medidas de autoprotección.
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NÚMERO 89
Lunes 12 de mayo de 2025

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Artículo 11. Procedimiento de autorización de quemas de rastrojos por concurrencia de
motivos fitosanitarios.
SECCIÓN 4ª: DECLARACIONES RESPONSABLES.
Artículo 12. Usos y actividades sometidos a declaración responsable.
Artículo 13. Procedimiento de declaración responsable.
Artículo 14. Declaraciones responsables para actividades con máquinas recolectoras.
SECCIÓN 5ª: COMUNICACIONES PREVIAS Y AVISOS PREVIOS.
Artículo 15. Usos y actividades sometidos a comunicación previa.
Artículo 16. Procedimiento de comunicación previa.
Artículo 17. Aviso previo.
SECCIÓN 6ª: PRECAUCIONES ESPECÍFICAS.
Artículo 18. Precauciones específicas para determinados usos y actividades.
CAPÍTULO V. MEDIDAS GENERALES Y MEDIDAS DE AUTOPROTECCIÓN.
Artículo 19. Medidas Generales en terrenos forestales no sujetos a planificación preventiva.
Artículo 20. Medidas de Autoprotección en lugares susceptibles y/o vulnerables no sujetos
a Memoria Técnica de Prevención.
CAPÍTULO VI. VIGILANCIA, INSPECCIÓN E INFRACCIONES.
Artículo 21. Vigilancia e inspección.
Artículo 22. Responsabilidades.
Disposición adicional única. Exenciones para usos y actividades realizados mediante ejecución
directa de medios propios de la Consejería competente en materia de incendios forestales,
adscritos al Plan INFOEX.
Disposición final única. Vigencia.
ANEXO I: CUADRO RESUMEN DE LA REGULACIÓN DE USOS Y ACTIVIDADES.
ANEXO II: MODELO DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA HORNOS DE CARBÓN Y CARBONERAS TRADICIONALES.