Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061815)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación del Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para formalizar la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura para la realización de las líneas de actuación LA3 y LA4, del programa de I+D+I en el Área de Biodiversidad financiadas con los fondos del Programa Operativo FEDER Extremadura 2021-2027, incluidas en la Medida de Inversión C17.I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 "Reforma Institucional y Fortalecimiento de las Capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 91
26521
Miércoles 14 de mayo de 2025
CONCEPTO
PERSONAL
EQUIPAMIENTO
OTROS
GASTOS
COSTES
INDIRECTOS
(7%)
TOTAL
189.220 €
2.892.360 €
OTROS GASTOS
Software científico-técnico
8.000 €
Emisores de variables biológicas y
ambientales
36.000 €
Material fungible
88.420 €
Difusión, publicaciones, organización
de seminarios y congresos
119.500 €
Alquiler de vehículos
3.000 €
Viajes y dietas
213.976 €
Contratación de servicios de análisis,
datos, otros
TOTAL
72.000 €
1.883.200 €
279.044 €
540.896 €
Conforme a lo establecido en el Real Decreto 1181/2024, de 28 de noviembre, que propone
establecer antes del 31 de diciembre de 2025 la finalización de todas las actuaciones, la imputación de gastos relacionados con la ejecución de la actuación estará limitada al periodo
comprendido entre el 1 de enero de 2021 y la finalización del Programa, el 30 de diciembre
de 2025, incluido.
Se considera gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la
finalización del plazo de justificación.
Se permitirá la redistribución del gasto dentro del mismo concepto (personal, equipamiento
u otros gastos). También se permitirá la redistribución entre las diferentes partidas correspondientes a una misma línea de actuación siempre que se dirijan a alcanzar el fin de la
ayuda. En este sentido, para llevar a cabo las compensaciones entre los distintos conceptos
presupuestarios de cuantía inferior al 20% del importe total que no afecten a los objetivos del
Programa se requerirá autorización al Comité de Coordinación del Programa, contemplado en
el apartado octavo del Acuerdo del Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación
de 28 de marzo de 2022 por el que se establece el marco para la implementación de los Planes
Complementarios. En cambio, será necesaria la autorización de la Comisión de Seguimiento
del Acuerdo citado para cualquier compensación por cuantía igual o superior al 20 % del importe total o que afecte a los objetivos del Programa.
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Miércoles 14 de mayo de 2025
CONCEPTO
PERSONAL
EQUIPAMIENTO
OTROS
GASTOS
COSTES
INDIRECTOS
(7%)
TOTAL
189.220 €
2.892.360 €
OTROS GASTOS
Software científico-técnico
8.000 €
Emisores de variables biológicas y
ambientales
36.000 €
Material fungible
88.420 €
Difusión, publicaciones, organización
de seminarios y congresos
119.500 €
Alquiler de vehículos
3.000 €
Viajes y dietas
213.976 €
Contratación de servicios de análisis,
datos, otros
TOTAL
72.000 €
1.883.200 €
279.044 €
540.896 €
Conforme a lo establecido en el Real Decreto 1181/2024, de 28 de noviembre, que propone
establecer antes del 31 de diciembre de 2025 la finalización de todas las actuaciones, la imputación de gastos relacionados con la ejecución de la actuación estará limitada al periodo
comprendido entre el 1 de enero de 2021 y la finalización del Programa, el 30 de diciembre
de 2025, incluido.
Se considera gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la
finalización del plazo de justificación.
Se permitirá la redistribución del gasto dentro del mismo concepto (personal, equipamiento
u otros gastos). También se permitirá la redistribución entre las diferentes partidas correspondientes a una misma línea de actuación siempre que se dirijan a alcanzar el fin de la
ayuda. En este sentido, para llevar a cabo las compensaciones entre los distintos conceptos
presupuestarios de cuantía inferior al 20% del importe total que no afecten a los objetivos del
Programa se requerirá autorización al Comité de Coordinación del Programa, contemplado en
el apartado octavo del Acuerdo del Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación
de 28 de marzo de 2022 por el que se establece el marco para la implementación de los Planes
Complementarios. En cambio, será necesaria la autorización de la Comisión de Seguimiento
del Acuerdo citado para cualquier compensación por cuantía igual o superior al 20 % del importe total o que afecte a los objetivos del Programa.