Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061835)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Fundecyt Parque Científico Tecnológico de Extremadura por el que se formaliza la transferencia específica destinada a financiar el proyecto "5071_Fundecyt-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura: Oficina Técnica para la Estrategia de Digitalización" en el ejercicio 2025.
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NÚMERO 91
Miércoles 14 de mayo de 2025
26569
— Cada factura ha de ser original y antes de proceder a conformarla ha de comprobarse
que el importe de la misma es correcto.
Otros gastos:
Para la documentación acreditativa del resto de gastos debe tenerse en cuenta:
Amortización del equipamiento que el programa requiera: El cálculo de las cuotas
de amortización se determinarán de conformidad con lo establecido en las Órdenes
HAP/1781/2013 y HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, en relación con lo establecido
en el anexo de la tabla de coeficientes de amortizaciones del Real Decreto 634/2015, de
10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del impuesto sobre Sociedades (BOE
núm. 165, de 11 de julio de 2015). Las facturas de adquisición de inmovilizado amortizable, deberá incluir en su original que el concepto corresponde a esta transferencia y
el importe que se justifique como gasto deberá estar comprendido dentro del periodo
de elegibilidad de la operación.
— Alquiler: Los contratos del alquiler y las facturas emitidas al efecto deberán ajustarse
a los elementos establecidos en el Real Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre, por
el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Los precios de los alquileres se ajustarán a los precios de mercado, sin que se
puedan encubrir adquisiciones, pues, en este caso, se deberá cargar la amortización
que corresponda de acuerdo con el punto anterior.
— Gastos de viaje y estancia: Se abonarán los gastos de viaje y estancia, del personal
adscrito al proyecto.
La documentación acreditativa será la siguiente:
• Hoja de gastos de viaje y estancia y hoja de liquidación de gastos de viaje y
estancia.
• Billetes de avión, tren, autobús.
• Tarjetas de embarque.
• Documentación que acredite cálculo del kilometraje.
• Factura de agencia de viajes y prueba de pago (en este caso deberá especificarse
el número de persona y días de estancia, así como los conceptos objeto del gasto.
Es imprescindible que junto a la factura se custodie por la Entidad los documentos
que acrediten la realidad de los servicios, tales como certificado de estancia en
hotel, tarjetas de embarque, billetes, etc...)
Miércoles 14 de mayo de 2025
26569
— Cada factura ha de ser original y antes de proceder a conformarla ha de comprobarse
que el importe de la misma es correcto.
Otros gastos:
Para la documentación acreditativa del resto de gastos debe tenerse en cuenta:
Amortización del equipamiento que el programa requiera: El cálculo de las cuotas
de amortización se determinarán de conformidad con lo establecido en las Órdenes
HAP/1781/2013 y HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, en relación con lo establecido
en el anexo de la tabla de coeficientes de amortizaciones del Real Decreto 634/2015, de
10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del impuesto sobre Sociedades (BOE
núm. 165, de 11 de julio de 2015). Las facturas de adquisición de inmovilizado amortizable, deberá incluir en su original que el concepto corresponde a esta transferencia y
el importe que se justifique como gasto deberá estar comprendido dentro del periodo
de elegibilidad de la operación.
— Alquiler: Los contratos del alquiler y las facturas emitidas al efecto deberán ajustarse
a los elementos establecidos en el Real Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre, por
el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Los precios de los alquileres se ajustarán a los precios de mercado, sin que se
puedan encubrir adquisiciones, pues, en este caso, se deberá cargar la amortización
que corresponda de acuerdo con el punto anterior.
— Gastos de viaje y estancia: Se abonarán los gastos de viaje y estancia, del personal
adscrito al proyecto.
La documentación acreditativa será la siguiente:
• Hoja de gastos de viaje y estancia y hoja de liquidación de gastos de viaje y
estancia.
• Billetes de avión, tren, autobús.
• Tarjetas de embarque.
• Documentación que acredite cálculo del kilometraje.
• Factura de agencia de viajes y prueba de pago (en este caso deberá especificarse
el número de persona y días de estancia, así como los conceptos objeto del gasto.
Es imprescindible que junto a la factura se custodie por la Entidad los documentos
que acrediten la realidad de los servicios, tales como certificado de estancia en
hotel, tarjetas de embarque, billetes, etc...)