Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061834)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y la Caja Rural de Extremadura, para la celebración del IV Concurso de Debate Escolar enmarcado dentro del Plan Estratégico de Bibliotecas Escolares y Lectura.
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NÚMERO 91
Miércoles 14 de mayo de 2025

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ambas entidades y el personal implicado en la actuación, comprometiéndose a hacer respetar
dicho carácter, empleando para tal fin idénticos dispositivos, medidas y procedimientos de
seguridad a los utilizados para proteger su propia documentación confidencial, de acuerdo con
lo establecido en la Legislación sobre Propiedad Industrial, Intelectual y Protección de datos
de carácter personal.
Con independencia de la extinción del presente Convenio, el compromiso de confidencialidad
permanecerá cinco años desde la fecha de terminación del convenio hasta que esa información, por otro medio, pase a ser dominio público sin contravenir una obligación de confidencialidad.
Para la ejecución del presente Convenio, no se realizarán comunicaciones de datos de carácter
personal entre las Partes. Por lo tanto, las Partes se comprometen a:
— No acceder a datos de carácter personal y, por lo tanto, conocer estas condiciones y
hacerlas cumplir a sus empleados y, en consecuencia, a no acceder, tratar ni comunicar
datos de carácter personal.
— No revelar, comunicar o ceder a terceros ningún dato de carácter personal en el caso de
que por el desempeño de sus funciones haya tenido un acceso casual, fortuito o aislado
a datos de carácter personal, excepto en el caso de que ello sea necesario para dar debido cumplimiento a obligaciones de la empresa impuestas por las leyes o normas que
resulten de aplicación.
— Cumplir, en el desarrollo de sus funciones, la normativa vigente, nacional y comunitaria,
relativa a la protección de datos de carácter personal y, en particular, REGLAMENTO
(UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva
95/46/CE (Reglamento general de protección de datos - RGPD) y disposiciones complementarias o cualquier otra norma que las sustituya en el futuro.
— Cumplir los compromisos anteriores incluso después de extinguida, por cualquier causa,
la relación laboral/mercantil entre las Partes.
Si cambiase la naturaleza del Convenio, o las obligaciones de las partes, y para el desarrollo
de sus funciones tuviesen acceso a datos de carácter personal y/o tuvieran que tratar los
mismos, ambas entidades se comprometen a revisar y actualizar el contenido de la presente
cláusula de acuerdo con la normativa en materia de Protección de datos.