Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062027)
Resolución de 15 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad/Ciudad Autónoma de Extremadura para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 96
Miércoles 21 de mayo de 2025
28418
b) Actuaciones tipo B bis, C bis, D bis, y E bis. Redacción de proyectos y demás trabajos
necesarios para la realización de las actuaciones incluidas, según corresponda, en los
grupos B, C, D y E. Se considera que no tienen contribución climática.
3. L
as actuaciones del convenio sujetas a etiqueta climática (submedida C2.I5a del PRTR) se
deberán corresponder con el campo de intervención 026 bis del Anexo VI del Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que
se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (Renovación de la eficiencia energética o medidas de eficiencia energética relativas a infraestructuras públicas, proyectos
de demostración y medidas de apoyo conformes con los criterios de eficiencia energética,
con el objetivo de: a) lograr, por término medio, una renovación de al menos un grado de
profundidad intermedia, tal como se define en la Recomendación (UE) 2019/786 de la Comisión relativa a la renovación de edificios, o b) lograr, por término medio, una reducción
de al menos un 30% de las emisiones directas e indirectas de gases de efecto invernadero
en comparación con las emisiones ex ante)”.
Sexta. Financiación y plazos.
El presente convenio será financiado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, con cargo a la aplicación presupuestaria 17.50.10.260A.751 “A Comunidades Autónomas” de los Presupuestos Generales del Estado vigentes en 2021, comprometiéndose a la
aportación del crédito correspondiente que será aplicado a la financiación de las actuaciones
previstas en el Anexo I, de conformidad con lo acordado en la segunda Conferencia Sectorial
de Vivienda Urbanismo y Suelo de fecha 21 de julio de 2021, y haciendo efectivo el pago de
una sola vez, tras la formalización del convenio.
Las actuaciones que se ejecuten con cargo a los fondos transferidos se articulan a través de
dos fases (Fase 1 y Fase 2), de forma que el coste estimado de cada una de ellas es la suma
de los costes de sus respectivas actuaciones.
En el supuesto de que finalmente, el coste definitivo de las actuaciones supere al presupuestado, dicho incremento correrá, indubitadamente, a cargo de la Comunidad/Ciudad Autónoma
que incurriera en él. Es decir, el importe de financiación aportado por el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana es el definido en la segunda Conferencia Sectorial celebrada
el 21 de julio de 2021 sin que en ningún caso pueda verse incrementado.
En lo que respecta al cumplimiento tanto del presupuesto como de los plazos de ejecución,
mediante el presente convenio cada Comunidad/Ciudad Autónoma se compromete a cumplir
los plazos de ejecución establecidos en los objetivos, así como el uso de los fondos recibidos
para la ejecución de las actuaciones propuestas de acuerdo con lo establecido en el presente
convenio y a la normativa aplicable en cada caso.
Miércoles 21 de mayo de 2025
28418
b) Actuaciones tipo B bis, C bis, D bis, y E bis. Redacción de proyectos y demás trabajos
necesarios para la realización de las actuaciones incluidas, según corresponda, en los
grupos B, C, D y E. Se considera que no tienen contribución climática.
3. L
as actuaciones del convenio sujetas a etiqueta climática (submedida C2.I5a del PRTR) se
deberán corresponder con el campo de intervención 026 bis del Anexo VI del Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que
se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (Renovación de la eficiencia energética o medidas de eficiencia energética relativas a infraestructuras públicas, proyectos
de demostración y medidas de apoyo conformes con los criterios de eficiencia energética,
con el objetivo de: a) lograr, por término medio, una renovación de al menos un grado de
profundidad intermedia, tal como se define en la Recomendación (UE) 2019/786 de la Comisión relativa a la renovación de edificios, o b) lograr, por término medio, una reducción
de al menos un 30% de las emisiones directas e indirectas de gases de efecto invernadero
en comparación con las emisiones ex ante)”.
Sexta. Financiación y plazos.
El presente convenio será financiado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, con cargo a la aplicación presupuestaria 17.50.10.260A.751 “A Comunidades Autónomas” de los Presupuestos Generales del Estado vigentes en 2021, comprometiéndose a la
aportación del crédito correspondiente que será aplicado a la financiación de las actuaciones
previstas en el Anexo I, de conformidad con lo acordado en la segunda Conferencia Sectorial
de Vivienda Urbanismo y Suelo de fecha 21 de julio de 2021, y haciendo efectivo el pago de
una sola vez, tras la formalización del convenio.
Las actuaciones que se ejecuten con cargo a los fondos transferidos se articulan a través de
dos fases (Fase 1 y Fase 2), de forma que el coste estimado de cada una de ellas es la suma
de los costes de sus respectivas actuaciones.
En el supuesto de que finalmente, el coste definitivo de las actuaciones supere al presupuestado, dicho incremento correrá, indubitadamente, a cargo de la Comunidad/Ciudad Autónoma
que incurriera en él. Es decir, el importe de financiación aportado por el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana es el definido en la segunda Conferencia Sectorial celebrada
el 21 de julio de 2021 sin que en ningún caso pueda verse incrementado.
En lo que respecta al cumplimiento tanto del presupuesto como de los plazos de ejecución,
mediante el presente convenio cada Comunidad/Ciudad Autónoma se compromete a cumplir
los plazos de ejecución establecidos en los objetivos, así como el uso de los fondos recibidos
para la ejecución de las actuaciones propuestas de acuerdo con lo establecido en el presente
convenio y a la normativa aplicable en cada caso.