Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062027)
Resolución de 15 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad/Ciudad Autónoma de Extremadura para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
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NÚMERO 96
Miércoles 21 de mayo de 2025

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b. O
 bligación de mantenimiento de la pista de auditoría. Establecimiento de la trazabilidad
de cada una de las actuaciones y cada uno de los preceptores finales de los fondos, así
como disponer de un sistema que permita calcular y seguir los objetivos cuyo nivel de
consecución debe reportar la Comunidad Autónoma.
c. Contribución a la fiabilidad del sistema en general y del sistema de seguimiento de indicadores del cumplimiento de hitos y objetivos y de seguimiento del coste estimado en
particular.
d. O
 bligación de comunicación sobre la financiación comunitaria de las medidas incluidas
en el MRR.
e. Conservar los documentos de conformidad con el artículo 132 del Reglamento Financiero.
3. C
 on la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo22 del Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de12 de febrero de2021,
en relación con la protección de los intereses financieros de la Unión toda entidad, decisora
o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un
“Plan de medidas antifraude” que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo
ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las
normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección
del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
4. D
 e conformidad con la letra d) del apartado 2 del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021 se exige la identificación
del perceptor final de fondos: beneficiarios de las ayudas, contratistas y subcontratistas.
A tal efecto, y conforme a la orden HFP 1030/2021 de 29 de septiembre, la Comunidad/
Ciudad Autónoma suscriptora del presente Convenio deberá recabar y hacer constar en la
forma correspondiente, al menos, los siguientes requerimientos en relación con la identificación de contratistas y subcontratistas, sean personas físicas o jurídicas:
a) NIF del beneficiario.
b) Nombre de la persona física o razón social de la persona jurídica.
c) Domicilio fiscal de la persona física o jurídica.
d) Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar
cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales.