Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062027)
Resolución de 15 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad/Ciudad Autónoma de Extremadura para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
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NÚMERO 96
Miércoles 21 de mayo de 2025

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Las mismas instrucciones serán aplicables para toda la documentación resultante de la
ejecución de las obras y de la justificación y control de los fondos recibidos, así como cualesquiera otra dirigida a los beneficiarios del Plan deberán expresar que estas están financiadas con cargo a fondos de la UE.
Asimismo, se establece la obligación de instalar placas o identificativos en el exterior de
los edificios en las cuales se incluyan la referencia a la financiación con cargo a fondos de
la UE. En particular, la referida información constará en los carteles exteriores descriptivos
de las obras, en los que figurará, además, el importe de la financiación aportada, con una
tipografía y tamaño igual, a los empleados para referirse a la participación de la Comunidad
Autónoma. A tal efecto, el MITMA facilitará el correspondiente modelo en formato digital.
Los sistemas y pautas de información pública corporativa de ambas Administraciones, por
lo que se refiere a las actuaciones del PIREP, se acordarán en el marco de la Comisión Bilateral de Seguimiento.
El destinatario último de las Medidas informará al público del apoyo obtenido de los fondos
europeos haciendo una breve descripción de la operación en su sitio de Internet, en caso
de que disponga de uno, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus
objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión.
En su caso, además, deberá cumplir con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, respecto a las obligaciones de publicidad de los fondos objeto de este convenio
8. C
 onservar de la documentación, de acuerdo con lo previsto en el artículo22.2.f) del Reglamento (UE) 2021/241.
Decimoprimera. Metodología de justificación. Documentación.
De acuerdo con el desarrollo previsto del apartado 2 del artículo 46 del Real Decreto-ley
36/2020, por el apartado 6 del mismo artículo, quedan recogidas en las Órdenes Ministeriales
HFP 1030/2021 Y 1031/2021 de 29 de septiembre, el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el
seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable
de las Actuaciones de los componentes del PRTR.
La fiscalización y control de la aplicación de los fondos de la UE, así como la adecuada justificación de los mismos, corresponderá al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
como órgano concedente. La presentación de la documentación se realizará, por parte de las
Comunidades/Ciudades Autónomas ante la Subdirección General de Arquitectura y Edificación, dependiente de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura.