Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062027)
Resolución de 15 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad/Ciudad Autónoma de Extremadura para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
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NÚMERO 96
Miércoles 21 de mayo de 2025
28408
Tercero.
Que corresponde al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través de la
Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el ámbito de las competencias de la Administración General del Estado, según lo dispuesto en la Disposición adicional
segunda y Disposición transitoria primera, del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el
que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, la definición, propuesta y ejecución de la política del Gobierno relativa al acceso a la vivienda, suelo y
arquitectura, innovación y calidad y sostenibilidad de la edificación. Asimismo, le corresponde, según el art. 2.7.m del Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la
estructura básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la concertación
con las administraciones territoriales de las actuaciones en materia de urbanismo y promoción
del suelo público en las ciudades, impulsando y coordinando la ejecución de los convenios.
Igualmente, bajo la superior dirección de la Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda,
corresponde a la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura, según el art. 11 del Real
Decreto 645/2020, de 7 de julio, la formulación, revisión y seguimiento de la planificación
estratégica para la rehabilitación del parque edificado.
Cuarto.
Que habiéndose aprobado por la Comisión Europea el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, para su financiación a través de los fondos del NextGeneration EU, el Gobierno
ha establecido un Plan de rehabilitación y regeneración urbana con el objetivo específico de
conseguir unas tasas de rehabilitación energética significativamente superiores a las actuales
que permitan adelantar el cumplimiento de los objetivos de rehabilitación contemplados en
el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) y en la Estrategia a largo plazo para la
rehabilitación energética en el sector de la edificación en España (ERESEE).
Dentro de esta línea, y con el fin de identificar posibles actuaciones de rehabilitación sostenibles
de edificios de titularidad pública y de uso público ha acordado un Plan de Impulso a la
Recuperación de Edificios Públicos (PIREP) destinado a las Comunidades/Ciudades Autónomas.
Quinto.
Que el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana lidera dos de las diez políticas palanca que conforman el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). La Política
Palanca 1 cuenta, en su Componente 2. Implementación de la Agenda Urbana española, con
el Plan de rehabilitación y regeneración urbana dotado con 6.820 millones de euros procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (Fondos Next Generation EU).
Miércoles 21 de mayo de 2025
28408
Tercero.
Que corresponde al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través de la
Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el ámbito de las competencias de la Administración General del Estado, según lo dispuesto en la Disposición adicional
segunda y Disposición transitoria primera, del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el
que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, la definición, propuesta y ejecución de la política del Gobierno relativa al acceso a la vivienda, suelo y
arquitectura, innovación y calidad y sostenibilidad de la edificación. Asimismo, le corresponde, según el art. 2.7.m del Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la
estructura básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la concertación
con las administraciones territoriales de las actuaciones en materia de urbanismo y promoción
del suelo público en las ciudades, impulsando y coordinando la ejecución de los convenios.
Igualmente, bajo la superior dirección de la Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda,
corresponde a la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura, según el art. 11 del Real
Decreto 645/2020, de 7 de julio, la formulación, revisión y seguimiento de la planificación
estratégica para la rehabilitación del parque edificado.
Cuarto.
Que habiéndose aprobado por la Comisión Europea el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, para su financiación a través de los fondos del NextGeneration EU, el Gobierno
ha establecido un Plan de rehabilitación y regeneración urbana con el objetivo específico de
conseguir unas tasas de rehabilitación energética significativamente superiores a las actuales
que permitan adelantar el cumplimiento de los objetivos de rehabilitación contemplados en
el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) y en la Estrategia a largo plazo para la
rehabilitación energética en el sector de la edificación en España (ERESEE).
Dentro de esta línea, y con el fin de identificar posibles actuaciones de rehabilitación sostenibles
de edificios de titularidad pública y de uso público ha acordado un Plan de Impulso a la
Recuperación de Edificios Públicos (PIREP) destinado a las Comunidades/Ciudades Autónomas.
Quinto.
Que el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana lidera dos de las diez políticas palanca que conforman el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). La Política
Palanca 1 cuenta, en su Componente 2. Implementación de la Agenda Urbana española, con
el Plan de rehabilitación y regeneración urbana dotado con 6.820 millones de euros procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (Fondos Next Generation EU).