Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Empresa. Ayudas. (2025062047)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025 de las ayudas para la realización de actuaciones de dinamización y promoción empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 96
Miércoles 21 de mayo de 2025
28474
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para dictar la presente resolución, corresponde a la persona titu
lar de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital,
en razón de las competencias atribuidas, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 23.1 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extrema
dura al establecer que el procedimiento para la concesión de subvenciones se inicia siempre
de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaria general
competente.
Segundo. Según lo previsto en el artículo 8 del Decreto 65/2024, de 2 de julio, el procedi
miento de concesión de las ayudas se realizará en régimen de concesión directa mediante
convocatoria abierta, lo que implica que las subvenciones podrán irse concediendo conforme
se vayan solicitando por las entidades en la cuantía individualizada que resulte de la aplica
ción de los requisitos y criterios establecidos en el decreto referenciado, dentro del límite de
la disponibilidad presupuestaria, tal y como viene establecido en el artículo 22.2 y 29.1 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma.
Tercero. Esta convocatoria deberá ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como también en el
Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura conforme a lo dispuesto en la normativa
vigente en la materia, y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Por todo lo anteriormente expuesto y, en base a la propuesta emitida por la Directora General
de Empresa de fecha 14 de abril de 2025, para efectuar la convocatoria correspondiente al
presente ejercicio 2025 de este programa de ayudas.
RESUELVO:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria para el ejercicio 2025 de las
ayudas para la realización por parte de asociaciones empresariales de actuaciones dirigidas a
favorecer la dinamización, promoción y desarrollo empresarial en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, al amparo del Decreto 65/2024, de 2 de julio, por el que se establecen las bases
reguladoras de las ayudas para la realización de actuaciones de dinamización y promoción
empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 150 de 02/08/24).
Segundo. Líneas de actuaciones subvencionables.
Tendrán carácter subvencionable las siguientes tipologías de actuaciones:
Miércoles 21 de mayo de 2025
28474
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para dictar la presente resolución, corresponde a la persona titu
lar de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital,
en razón de las competencias atribuidas, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 23.1 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extrema
dura al establecer que el procedimiento para la concesión de subvenciones se inicia siempre
de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaria general
competente.
Segundo. Según lo previsto en el artículo 8 del Decreto 65/2024, de 2 de julio, el procedi
miento de concesión de las ayudas se realizará en régimen de concesión directa mediante
convocatoria abierta, lo que implica que las subvenciones podrán irse concediendo conforme
se vayan solicitando por las entidades en la cuantía individualizada que resulte de la aplica
ción de los requisitos y criterios establecidos en el decreto referenciado, dentro del límite de
la disponibilidad presupuestaria, tal y como viene establecido en el artículo 22.2 y 29.1 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma.
Tercero. Esta convocatoria deberá ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como también en el
Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura conforme a lo dispuesto en la normativa
vigente en la materia, y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Por todo lo anteriormente expuesto y, en base a la propuesta emitida por la Directora General
de Empresa de fecha 14 de abril de 2025, para efectuar la convocatoria correspondiente al
presente ejercicio 2025 de este programa de ayudas.
RESUELVO:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria para el ejercicio 2025 de las
ayudas para la realización por parte de asociaciones empresariales de actuaciones dirigidas a
favorecer la dinamización, promoción y desarrollo empresarial en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, al amparo del Decreto 65/2024, de 2 de julio, por el que se establecen las bases
reguladoras de las ayudas para la realización de actuaciones de dinamización y promoción
empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 150 de 02/08/24).
Segundo. Líneas de actuaciones subvencionables.
Tendrán carácter subvencionable las siguientes tipologías de actuaciones: