Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Ferias. Subvenciones. (2025062221)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la organización y promoción de Ferias Comerciales Oficiales de la Comunidad Autónoma de Extremadura correspondiente al ejercicio 2025.
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NÚMERO 109
Lunes 9 de junio de 2025
32997
presencia equilibrada entre mujeres y hombres y estará integrada por cuatro miembros: la
persona titular del Servicio competente en materia de Comercio Interior y Artesanía, que
ocupará la presidencia, dos personas funcionarias del Servicio competente en materia de
Comercio Interior y Artesanía, y una persona funcionaria de la especialidad jurídica que
realizará las funciones de secretaría, todos ellos con voz y voto. El nombramiento de las
personas que sean miembros de la Comisión de Valoración se recogerá en un acto publicado
en el DOE, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.
2. S
e levantará Acta de la Comisión de Valoración que será firmada por el Secretario con el
visto bueno de su Presidente, debiendo también recoger la declaración de ausencia de con
flicto de interés, por parte de todos los miembros de la misma, de que no concurre ningún
conflicto de interés que pueda comprometer su imparcialidad e independencia durante el
procedimiento.
Decimoprimero. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayudas.
1. L
a Comisión de Valoración procederá a valorar las solicitudes y establecerá un orden de
prelación entre ellas, siempre que reúnan los requisitos establecidos. En caso de empate
en la prelación de las solicitudes, se ordenarán en base a su fecha de presentación en el
registro correspondiente.
2. E
n el caso de que el crédito consignado sea suficiente para atender al número de solicitudes, la Comisión de Valoración no quedará obligada a establecer un orden de prelación
entre las mismas.
3. L
os criterios que habrá de aplicar la Comisión de Valoración serán los siguientes, en el orden en que se recogen:
1.º S
i no se permite la venta directa, con retirada de mercancía, durante los días de celebración de la feria, de la edición para la que se solicita la ayuda: 100 puntos.
2.º N
úmero de días para profesionales, en los que exista control de acceso de la feria de la
edición para la que se solicita la ayuda: 20 puntos por día para profesionales, con un
máximo de 80 puntos.
3.º N
úmero de jornadas técnicas y misiones comerciales inversas realizadas en la edición
anterior de la actividad ferial.
Por jornadas técnicas se entiende, aquellos eventos para profesionales y público del
sector, impulsadas por el promotor de la actividad, dedicadas a presentar las novedades
y avances relacionados con el sector o sectores de la actividad ferial mediante la participación de uno o más ponentes.
Lunes 9 de junio de 2025
32997
presencia equilibrada entre mujeres y hombres y estará integrada por cuatro miembros: la
persona titular del Servicio competente en materia de Comercio Interior y Artesanía, que
ocupará la presidencia, dos personas funcionarias del Servicio competente en materia de
Comercio Interior y Artesanía, y una persona funcionaria de la especialidad jurídica que
realizará las funciones de secretaría, todos ellos con voz y voto. El nombramiento de las
personas que sean miembros de la Comisión de Valoración se recogerá en un acto publicado
en el DOE, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.
2. S
e levantará Acta de la Comisión de Valoración que será firmada por el Secretario con el
visto bueno de su Presidente, debiendo también recoger la declaración de ausencia de con
flicto de interés, por parte de todos los miembros de la misma, de que no concurre ningún
conflicto de interés que pueda comprometer su imparcialidad e independencia durante el
procedimiento.
Decimoprimero. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayudas.
1. L
a Comisión de Valoración procederá a valorar las solicitudes y establecerá un orden de
prelación entre ellas, siempre que reúnan los requisitos establecidos. En caso de empate
en la prelación de las solicitudes, se ordenarán en base a su fecha de presentación en el
registro correspondiente.
2. E
n el caso de que el crédito consignado sea suficiente para atender al número de solicitudes, la Comisión de Valoración no quedará obligada a establecer un orden de prelación
entre las mismas.
3. L
os criterios que habrá de aplicar la Comisión de Valoración serán los siguientes, en el orden en que se recogen:
1.º S
i no se permite la venta directa, con retirada de mercancía, durante los días de celebración de la feria, de la edición para la que se solicita la ayuda: 100 puntos.
2.º N
úmero de días para profesionales, en los que exista control de acceso de la feria de la
edición para la que se solicita la ayuda: 20 puntos por día para profesionales, con un
máximo de 80 puntos.
3.º N
úmero de jornadas técnicas y misiones comerciales inversas realizadas en la edición
anterior de la actividad ferial.
Por jornadas técnicas se entiende, aquellos eventos para profesionales y público del
sector, impulsadas por el promotor de la actividad, dedicadas a presentar las novedades
y avances relacionados con el sector o sectores de la actividad ferial mediante la participación de uno o más ponentes.