Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Ferias. Subvenciones. (2025062221)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la organización y promoción de Ferias Comerciales Oficiales de la Comunidad Autónoma de Extremadura correspondiente al ejercicio 2025.
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NÚMERO 109
Lunes 9 de junio de 2025

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cios y trámites en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0358116.
Las personas físicas, conforme al apartado 1 del mismo artículo, podrán optar por su presentación por el medio electrónico anteriormente indicado o por cualquiera de los medios
relacionados en el artículo 16.4 del mismo texto legal.
Para la presentación de solicitudes, los interesados deberán disponer para la autentificación y
para la firma electrónica de las mismas, de certificado electrónico en vigor, y si no se dispone
del mismo se podrá obtener en http://www.cert.fnmt.es.
2. C
 on carácter general, las solicitudes de ayudas deberán acompañarse de la siguiente do­
cumentación:
a) Datos identificativos del promotor:


— Para personas físicas, Documento de identificación (DNI/Pasaporte/Tarjeta de
Residencia).



— Para personas jurídicas, Número de Identificación Fiscal del solicitante (NIF), poder
del representante legal y del documento oficial de identificación del mismo.

b) Copia auténtica de las escrituras de constitución de la sociedad y de los estatutos.
c) Memoria de la actividad a desarrollar en la que se indicará al menos el nombre, las fechas de celebración y descripción de la actividad ferial.
d) Presupuestos o facturas proformas emitidos por empresa externa a la que solicita las
ayudas, a excepción de los gastos del personal contratado directamente por el propio
promotor.
Cuando el importe de un concepto de gasto subvencionable supere la cuantía de 40.000
euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 15.000 euros en el supuesto
de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría
o asistencia técnica, el beneficiario acompañará como mínimo tres ofertas de diferentes
proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del
servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos
subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten.
En el caso de subcontratación de todo o parte de la organización y realización de la
actividad ferial con un tercero, el presupuesto o factura proforma deberá aparecer desglosado por conceptos e importes.