Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062319)
Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego por goteo de 1,245 ha de olivar mediante aguas depuradas, en el polígono 9 parcelas 25 y 26, a ejecutar en el término municipal de Torremejía (Badajoz), cuya promotora es Bonifacia Guerrero Jiménez. Expte.: IA24/1602.
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NÚMERO 109
Lunes 9 de junio de 2025

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el artículo 54 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de
Extremadura, que será incluida en el presente informe.
De esta manera, se estima que la promotora del proyecto podrá reunir las medidas
adecuadas que caractericen, prevengan y minimicen afecciones al Patrimonio Cultural.
3.3.9. Infraestructuras y bienes materiales.
El proyecto no afecta a ninguna vía pecuaria inventariada.
3.3.10. Consumo de recursos y cambio climático.
La fase de construcción ha supuesto y supondrá un efecto directo, puntual y negativo
sobre el cambio climático, al generarse emisiones durante las diferentes acciones que la
conforman. Tales impactos se producirán a corto plazo y si bien permanecerán de forma
temporal, serán recuperables y reversibles.
Durante la fase de funcionamiento y debido a la implantación del cultivo agrícola, se
generará un impacto positivo y permanente frente al cambio climático, al aumentar la
vegetación fijadora de gases de efecto invernadero.
En cuanto al consumo de recursos, el principal recurso natural consumido como consecuencia de la transformación a regadío pretendida es el agua, alcanzando un consumo
total previsto de 2.067 m3/año. Dicha concesión de recursos hídricos depende de la
resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión de aguas subterráneas.
3.3.11. Población y medio socioeconómico.
Durante la fase de ejecución, se producirán molestias a la población derivadas de la
generación de polvo y ruidos. Una vez concluidas las obras esta afección desaparece.
En cualquier caso, la correcta gestión de los residuos generados en la obra será una
obligación de la promotora, en cumplimiento de la normativa vigente en la materia.
Por otra parte, y respecto al factor socioeconómico, además de la generación de puestos de trabajo durante la fase de ejecución, los regantes se beneficiarán en la fase de
funcionamiento de un sistema de riego más eficiente, lo que repercutirá en un menor
coste de explotación.
3.3.12. Sinergias y efectos acumulativos.
No se prevé la existencia de efectos sinérgicos. Con el cumplimiento de las medidas
preventivas y correctoras se considera que este impacto será de carácter compatible.