Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Agrupaciones De Entidades Locales. (2025062309)
Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Dirección General de Administración Local, por la que se aprueba la constitución de la agrupación de entidades locales para el sostenimiento común del puesto de Secretaría, clase tercera, entre los municipios de Membrío y Santiago de Alcántara, así como la clasificación del puesto resultante.
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NÚMERO 109
32776
Lunes 9 de junio de 2025
Por su parte, tanto la eficacia de la modificación operada en la relación de puestos de trabajo
de las entidades que se agrupan, como la constitución de la agrupación, quedan condicionadas al acto formal aprobación de la agrupación y de clasificación del puesto resultante que ha
de emanar de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y a su publicación en el Diario Oficial
para general conocimiento.
Vista la propuesta de resolución del Servicio de Régimen Jurídico de Administración Local,
cumplidos los requisitos exigidos por las disposiciones vigentes para la constitución y modificación de las Agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común del puesto
de Secretaría, conforme al Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo y Decreto 91/2021, de 28
de julio, y en uso de las atribuciones de la normativa antes expuesta, esta Dirección General,
RESUELVE:
Primero. Aprobar la constitución de la agrupación de entidades locales para el sostenimiento
en común del puesto de Secretaría, formada por los municipios de Membrío y Santiago de
Alcántara, provincia de Cáceres.
Segundo. Clasificar el puesto de Secretaría de la citada Agrupación como Secretaría de clase tercera, reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la Subescala de
Secretaría-Intervención, cuya forma de provisión es el concurso de méritos, sin que conste
que haya sido aprobada relación de méritos específicos a efectos del concurso ordinario,
extinguiéndose los nombramientos temporales de Secretaría intervención existentes en los
ayuntamientos de Membrío y de Santiago de Alcántara, con fecha efectos del día de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Tercero. Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo previsto en los artículos 4 y 13 del Decreto 91/2021, de 28 de julio, y dar
traslado de la citada resolución y de su publicación a los interesados y al Ministerio competente por razón de la materia.
Cuarto. Inscribir el citado puesto de trabajo en el Registro Integrado de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por
el artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, podrán interponerse, en los términos que se indican,
los recursos siguientes:
Los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un
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Lunes 9 de junio de 2025
Por su parte, tanto la eficacia de la modificación operada en la relación de puestos de trabajo
de las entidades que se agrupan, como la constitución de la agrupación, quedan condicionadas al acto formal aprobación de la agrupación y de clasificación del puesto resultante que ha
de emanar de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y a su publicación en el Diario Oficial
para general conocimiento.
Vista la propuesta de resolución del Servicio de Régimen Jurídico de Administración Local,
cumplidos los requisitos exigidos por las disposiciones vigentes para la constitución y modificación de las Agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común del puesto
de Secretaría, conforme al Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo y Decreto 91/2021, de 28
de julio, y en uso de las atribuciones de la normativa antes expuesta, esta Dirección General,
RESUELVE:
Primero. Aprobar la constitución de la agrupación de entidades locales para el sostenimiento
en común del puesto de Secretaría, formada por los municipios de Membrío y Santiago de
Alcántara, provincia de Cáceres.
Segundo. Clasificar el puesto de Secretaría de la citada Agrupación como Secretaría de clase tercera, reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la Subescala de
Secretaría-Intervención, cuya forma de provisión es el concurso de méritos, sin que conste
que haya sido aprobada relación de méritos específicos a efectos del concurso ordinario,
extinguiéndose los nombramientos temporales de Secretaría intervención existentes en los
ayuntamientos de Membrío y de Santiago de Alcántara, con fecha efectos del día de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Tercero. Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo previsto en los artículos 4 y 13 del Decreto 91/2021, de 28 de julio, y dar
traslado de la citada resolución y de su publicación a los interesados y al Ministerio competente por razón de la materia.
Cuarto. Inscribir el citado puesto de trabajo en el Registro Integrado de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por
el artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, podrán interponerse, en los términos que se indican,
los recursos siguientes:
Los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un