Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062322)
Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental para el proyecto de implantación de una fábrica de moldeo de inyección de carcasas para móviles, cuya promotora es Carcamóvil, SL, en el término municipal de Jaraíz de la Vera (Cáceres). Expte.: IA24/1424.
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NÚMERO 109
Lunes 9 de junio de 2025
32970
— Pudiera darse el caso de que, en su propiedad, observase la existencia de una captación
de aguas (con infraestructura asociada o sin ella) que se encuentra carente de medidas
de seguridad visibles o que esté abandonada. En consecuencia, deberá ejecutar inmediatamente medidas que garanticen la seguridad y eviten la ocurrencia de accidentes,
así como ejecutar su clausura.
— Los sondeos y las obras relacionadas (éstas últimas si existiesen, como, por ejemplo,
balsas para recoger el material que se extrae con el sondeo, etc.) deberán ser ejecutados garantizando la no contaminación de las aguas superficiales o subterráneas. Para
ello, se deberán tomar las medidas pertinentes además de seguir las indicaciones del
presente informe.
— Los lodos de perforación serán a base de agua y aditivos permitidos.
— Las balsas (si existiesen) deberán estar impermeabilizadas, además de adoptarse en
ellas medidas de seguridad para evitar la ocurrencia de accidentes. Una vez finalizados
los trabajos, deberán ser tapadas hasta adoptar la topografía original.
— El Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana remite informe con fecha 3 de enero de 2025 emite
informe técnico favorable en cuanto a la compatibilidad de la actuación solicitada con
el Plan Territorial de La Vera (Decreto 243/2008, de 21 de noviembre, por el que se
aprueba definitivamente el Plan Territorial de La Vera, Decreto 153/2014, de 8 de julio,
por el que se modifica el Decreto 243/2008, de 21 de noviembre, por el que se aprueba
definitivamente el Plan Territorial de La Vera (DOE n.º 134, de 14 de julio de 2014, y
Decreto 54/2021, de 4 de junio, por el que se modifica el Decreto 243/2008, de 21 de
noviembre, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial de La Vera (DOE n.º
134, de 14 de julio de 2014).
— El Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana remite informe con fecha 13 de septiembre de 2024 con las
siguientes consideraciones:
— En el término municipal de Jaraíz de la Vera se encuentra actualmente vigente el Plan
General Municipal aprobado definitivamente por Resolución de 19 de enero de 2021, de
la Consejera, publicada en el DOE n.º 54 de 22 de marzo de 2021.
— En virtud de lo establecido en los artículos 143.3.a), 145.1 y 164 de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura,
corresponde al municipio de Jaraíz de la Vera realizar el control de legalidad de las actuaciones, mediante el procedimiento administrativo de control previo o posterior que
Lunes 9 de junio de 2025
32970
— Pudiera darse el caso de que, en su propiedad, observase la existencia de una captación
de aguas (con infraestructura asociada o sin ella) que se encuentra carente de medidas
de seguridad visibles o que esté abandonada. En consecuencia, deberá ejecutar inmediatamente medidas que garanticen la seguridad y eviten la ocurrencia de accidentes,
así como ejecutar su clausura.
— Los sondeos y las obras relacionadas (éstas últimas si existiesen, como, por ejemplo,
balsas para recoger el material que se extrae con el sondeo, etc.) deberán ser ejecutados garantizando la no contaminación de las aguas superficiales o subterráneas. Para
ello, se deberán tomar las medidas pertinentes además de seguir las indicaciones del
presente informe.
— Los lodos de perforación serán a base de agua y aditivos permitidos.
— Las balsas (si existiesen) deberán estar impermeabilizadas, además de adoptarse en
ellas medidas de seguridad para evitar la ocurrencia de accidentes. Una vez finalizados
los trabajos, deberán ser tapadas hasta adoptar la topografía original.
— El Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana remite informe con fecha 3 de enero de 2025 emite
informe técnico favorable en cuanto a la compatibilidad de la actuación solicitada con
el Plan Territorial de La Vera (Decreto 243/2008, de 21 de noviembre, por el que se
aprueba definitivamente el Plan Territorial de La Vera, Decreto 153/2014, de 8 de julio,
por el que se modifica el Decreto 243/2008, de 21 de noviembre, por el que se aprueba
definitivamente el Plan Territorial de La Vera (DOE n.º 134, de 14 de julio de 2014, y
Decreto 54/2021, de 4 de junio, por el que se modifica el Decreto 243/2008, de 21 de
noviembre, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial de La Vera (DOE n.º
134, de 14 de julio de 2014).
— El Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana remite informe con fecha 13 de septiembre de 2024 con las
siguientes consideraciones:
— En el término municipal de Jaraíz de la Vera se encuentra actualmente vigente el Plan
General Municipal aprobado definitivamente por Resolución de 19 de enero de 2021, de
la Consejera, publicada en el DOE n.º 54 de 22 de marzo de 2021.
— En virtud de lo establecido en los artículos 143.3.a), 145.1 y 164 de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura,
corresponde al municipio de Jaraíz de la Vera realizar el control de legalidad de las actuaciones, mediante el procedimiento administrativo de control previo o posterior que