Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062352)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de repoblación forestal para compensar las emisiones de dióxido de carbono sobre 151,78 ha en la finca Los Valles de Puerto Rey, ubicada en el término municipal de Alía, promovido por Valdepuercas, SL. Expte.: IA24/0959.
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NÚMERO 111
Miércoles 11 de junio de 2025

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4.4. Programa de vigilancia y seguimiento ambiental.


— La actividad será sometida a inspección, vigilancia y control a efectos de comprobar
que se realice según las condiciones recogidas en este informe, a fin de analizar,
determinar y asegurar la eficacia de las medidas establecidas, así como de verificar
la exactitud y corrección de la evaluación ambiental realizada.



— El promotor deberá realizar una labor de seguimiento ambiental de la actividad, en
la que se verificará la adecuada aplicación de las medidas incluidas en el informe de
impacto ambiental.



— Cualquier incidencia ambiental destacada deberá ser comunicada a la autoridad ambiental a la mayor brevedad posible, emitiendo un informe con la descripción de la
misma, de las medidas correctoras aplicadas y de los resultados finales observados.



— En base a la vigilancia ambiental practicada a la actividad se podrán exigir medidas correctoras suplementarias para corregir las posibles deficiencias detectadas,
así como otros aspectos relacionados con el seguimiento ambiental no recogidos
inicialmente.

4.5. Condiciones complementarias.


— Se informará a todo el personal implicado en la ejecución y explotación de este
proyecto del contenido del presente informe, de manera que se ponga en su conocimiento las medidas que deben adoptarse a la hora de realizar los trabajos. Asimismo, se dispondrá de una copia del presente informe en el lugar donde se desarrollen
los trabajos.



— Se notificará a la Dirección General de Sostenibilidad el inicio de los trabajos. Esta
notificación se realizará un mes antes de del inicio de las obras.



— La conclusión de los trabajos se comunicará a la coordinación de los Agentes de la
Unidad Territorial de Vigilancia número 3, con el fin comprobar que los trabajos se
han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.



— Si durante la realización de las actividades o durante la fase de funcionamiento se
detectara la presencia o molestias a alguna especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo
de 2001) que pudiera verse afectada por los mismos, se estará a lo dispuesto por
los Agentes del Medio Natural y/o técnicos de la Dirección General de Sostenibilidad,
previa comunicación de tal circunstancia.