Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025062400)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Catelsa Cáceres, SA.
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NÚMERO 115
Martes 17 de junio de 2025
34624
8. C
umplimiento de deberes de carácter público y personal.
La persona trabajadora podrá ausentarse de su puesto de trabajo por el tiempo legal establecido cuando deban cumplir deberes de carácter electoral, y por el tiempo indispensable
en aquellos casos en que actúen como miembros del Jurado, Testigo, Demandado o Demandante, debiéndose justificar el hecho causante mediante el correspondiente justificante emitido por el Órgano Jurisdiccional, Administrativo o Electoral.
En el caso de que la persona trabajadora por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de esta, del salario a que tuviera
derecho en la Empresa.
Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación
del trabajo debido, en más del 20% de las horas laborales en un periodo de tres meses,
la empresa podrá pasar a la persona trabajadora afectada a la situación de excedencia,
regulada en el apartado 1 del Art 46 del Estatuto de los Trabajadores.
9. P
ara realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente.
10. P
or lactancia de un hijo menor de nueve meses.
Las personas, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora
de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones o bien sustituir este derecho
por una reducción de su jornada al inicio o al final de ésta en media hora con la misma
finalidad.
Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por el padre y la madre del menor en
el caso de que ambos trabajen.
11. E
xámenes.
El tiempo necesario para la asistencia a exámenes cuando se esté cursando con regularidad algún tipo de estudio para la obtención de título académico o certificado de profesionalidad reconocido por Organismos Oficiales. La asistencia a los mismos habrá de
justificarse mediante el preceptivo certificado del centro de estudios.
Preaviso y justificación.
La persona trabajadora deberá preavisar en los casos de matrimonio, traslado de domicilio,
exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, cumplimiento de deberes
de carácter público y personal, lactancia y exámenes con, al menos, una semana de
antelación.
Martes 17 de junio de 2025
34624
8. C
umplimiento de deberes de carácter público y personal.
La persona trabajadora podrá ausentarse de su puesto de trabajo por el tiempo legal establecido cuando deban cumplir deberes de carácter electoral, y por el tiempo indispensable
en aquellos casos en que actúen como miembros del Jurado, Testigo, Demandado o Demandante, debiéndose justificar el hecho causante mediante el correspondiente justificante emitido por el Órgano Jurisdiccional, Administrativo o Electoral.
En el caso de que la persona trabajadora por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de esta, del salario a que tuviera
derecho en la Empresa.
Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación
del trabajo debido, en más del 20% de las horas laborales en un periodo de tres meses,
la empresa podrá pasar a la persona trabajadora afectada a la situación de excedencia,
regulada en el apartado 1 del Art 46 del Estatuto de los Trabajadores.
9. P
ara realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente.
10. P
or lactancia de un hijo menor de nueve meses.
Las personas, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora
de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones o bien sustituir este derecho
por una reducción de su jornada al inicio o al final de ésta en media hora con la misma
finalidad.
Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por el padre y la madre del menor en
el caso de que ambos trabajen.
11. E
xámenes.
El tiempo necesario para la asistencia a exámenes cuando se esté cursando con regularidad algún tipo de estudio para la obtención de título académico o certificado de profesionalidad reconocido por Organismos Oficiales. La asistencia a los mismos habrá de
justificarse mediante el preceptivo certificado del centro de estudios.
Preaviso y justificación.
La persona trabajadora deberá preavisar en los casos de matrimonio, traslado de domicilio,
exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, cumplimiento de deberes
de carácter público y personal, lactancia y exámenes con, al menos, una semana de
antelación.