Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Pymes. Ayudas. (2025062373)
Resolución de 3 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la pyme extremeña a través de su mejora competitiva, en la anualidad 2025.
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NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025
35153
3. P
ara alcanzar la condición de beneficiarios las empresas solicitantes deberán desarrollar una actividad cuyo CNAE corresponda al Grupo C Industria Manufacturera o al
Grupo D Construcción, y además deben disponer de una plantilla media de, al menos
5 trabajadores contratados por cuenta ajena, asociados al código de actividad subvencionable, conforme a lo señalado en el artículo 4.3 del Decreto 288/2023, de 27
de diciembre.
4. S
e considerarán subvencionables:
a. Gastos de colaboraciones externas, por parte de consultoras, centros tecnológicos
o cualquier entidad especializada en la materia objeto del proyecto, lo cual debe
acreditarse en la Memoria a presentar junto a la solicitud, conforme al modelo
que se establezca en la convocatoria, relacionando en la misma la realización de
trabajos anteriores de naturaleza similar, siempre que sean utilizados de forma
exclusiva para el proyecto.
b. Los costes de análisis y ensayos técnicos directamente relacionados con la calidad
ambiental del producto oservicio y/o de sus prestaciones técnicas y ambientales.
5. Se subvencionará el 80 % de la inversión subvencionable. Dicha inversión subvencionable tendrá un límite máximo de 15.000 euros por empresa (IVA excluido). Una
misma empresa solo podrá ser beneficiaria de un proyecto en esta línea, una sola
vez, con independencia de la convocatoria de que se trate.
e. Diseño de nuevos productos, envases y embalajes.
1. S
e subvencionan dentro de esta línea:
a. Proyectos de diseño de nuevos productos que presenten un componente innovador respecto al mercado.
b. Asistencia tecnológica para la mejora y optimización de la cartera de productos
que la empresa ya pudiera disponer.
c. Diseño de nuevos envases y/o embalajes que constituyan una novedad relevante
para la empresa solicitante de la ayuda respecto a los que ya viene utilizando.
2. Para los proyectos de diseño de nuevos productos que presenten un componente
innovador respecto al mercado, en la memoria se deberá acreditar, a través de un
informe de auditoría de diseño, que la entidad que vaya a realizar el diseño del nuevo producto, ha llevado a cabo un análisis previo de la empresa solicitante acerca
de cuál es la gama de productos que actualmente produce y comercializa, cual es
Miércoles 18 de junio de 2025
35153
3. P
ara alcanzar la condición de beneficiarios las empresas solicitantes deberán desarrollar una actividad cuyo CNAE corresponda al Grupo C Industria Manufacturera o al
Grupo D Construcción, y además deben disponer de una plantilla media de, al menos
5 trabajadores contratados por cuenta ajena, asociados al código de actividad subvencionable, conforme a lo señalado en el artículo 4.3 del Decreto 288/2023, de 27
de diciembre.
4. S
e considerarán subvencionables:
a. Gastos de colaboraciones externas, por parte de consultoras, centros tecnológicos
o cualquier entidad especializada en la materia objeto del proyecto, lo cual debe
acreditarse en la Memoria a presentar junto a la solicitud, conforme al modelo
que se establezca en la convocatoria, relacionando en la misma la realización de
trabajos anteriores de naturaleza similar, siempre que sean utilizados de forma
exclusiva para el proyecto.
b. Los costes de análisis y ensayos técnicos directamente relacionados con la calidad
ambiental del producto oservicio y/o de sus prestaciones técnicas y ambientales.
5. Se subvencionará el 80 % de la inversión subvencionable. Dicha inversión subvencionable tendrá un límite máximo de 15.000 euros por empresa (IVA excluido). Una
misma empresa solo podrá ser beneficiaria de un proyecto en esta línea, una sola
vez, con independencia de la convocatoria de que se trate.
e. Diseño de nuevos productos, envases y embalajes.
1. S
e subvencionan dentro de esta línea:
a. Proyectos de diseño de nuevos productos que presenten un componente innovador respecto al mercado.
b. Asistencia tecnológica para la mejora y optimización de la cartera de productos
que la empresa ya pudiera disponer.
c. Diseño de nuevos envases y/o embalajes que constituyan una novedad relevante
para la empresa solicitante de la ayuda respecto a los que ya viene utilizando.
2. Para los proyectos de diseño de nuevos productos que presenten un componente
innovador respecto al mercado, en la memoria se deberá acreditar, a través de un
informe de auditoría de diseño, que la entidad que vaya a realizar el diseño del nuevo producto, ha llevado a cabo un análisis previo de la empresa solicitante acerca
de cuál es la gama de productos que actualmente produce y comercializa, cual es