Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Sentencias. Ejecución. (2025062452)
Resolución de 12 de junio de 2025, del Consejero, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 146/2024, de 15 de noviembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz, en el seno del procedimiento abreviado n.º 134/2024.
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NÚMERO 117
35418
Jueves 19 de junio de 2025
bien dicha competencia se encuentra delegada en la Secretaría General mediante Resolución
de fecha 7 de agosto de 2023, publicada en el DOE n.º 155, de 11 de agosto.
Asimismo, en virtud de la misma resolución, se delega en la Secretaría General las competencias atribuidas al Consejero en el Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación
administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales.
Por tanto y en uso de las facultades conferidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
Proceder a la ejecución de la sentencia n.º 146/2024, de 15 de noviembre, dictada por el
Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz, en el seno del procedimiento
abreviado n.º 134/2024, llevando a puro y debido efecto el fallo cuya parte dispositiva dice:
“Que, estimando íntegramente el recurso contencioso administrativo interpuesto por Don
Javier Infantes Pereda contra la Resolución de la Consejería de Infraestructuras Transporte
y Vivienda de la Junta de Extremadura dictada en el expediente RP 34.23.07, por la que
se inadmite a trámite la solicitud formulada por responsabilidad patrimonial, debo acordar
y acuerdo revocar dicha resolución por entenderla no ajustada a Derecho, condenando a
la Administración demandada a estar y pasar por dicha declaración así como a indemnizar
al recurrente en concepto de responsabilidad patrimonial en el importe de ochocientos
ochenta y dos euros con treinta y ocho céntimos de euro (882,38 €), con los intereses
legales de dicha cuantía desde la reclamación administrativa previa; y con imposición de
las costas del procedimiento a la parte demandada”.
Mérida, 12 de junio de 2025.
El Consejero de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda,
(PD Resolución de 7 de agosto de 2023,
DOE n.º 155, de 11 de agosto de 2023),
La Secretaria General,
LAURA CASTELL VIVAS
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Jueves 19 de junio de 2025
bien dicha competencia se encuentra delegada en la Secretaría General mediante Resolución
de fecha 7 de agosto de 2023, publicada en el DOE n.º 155, de 11 de agosto.
Asimismo, en virtud de la misma resolución, se delega en la Secretaría General las competencias atribuidas al Consejero en el Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación
administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales.
Por tanto y en uso de las facultades conferidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
Proceder a la ejecución de la sentencia n.º 146/2024, de 15 de noviembre, dictada por el
Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz, en el seno del procedimiento
abreviado n.º 134/2024, llevando a puro y debido efecto el fallo cuya parte dispositiva dice:
“Que, estimando íntegramente el recurso contencioso administrativo interpuesto por Don
Javier Infantes Pereda contra la Resolución de la Consejería de Infraestructuras Transporte
y Vivienda de la Junta de Extremadura dictada en el expediente RP 34.23.07, por la que
se inadmite a trámite la solicitud formulada por responsabilidad patrimonial, debo acordar
y acuerdo revocar dicha resolución por entenderla no ajustada a Derecho, condenando a
la Administración demandada a estar y pasar por dicha declaración así como a indemnizar
al recurrente en concepto de responsabilidad patrimonial en el importe de ochocientos
ochenta y dos euros con treinta y ocho céntimos de euro (882,38 €), con los intereses
legales de dicha cuantía desde la reclamación administrativa previa; y con imposición de
las costas del procedimiento a la parte demandada”.
Mérida, 12 de junio de 2025.
El Consejero de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda,
(PD Resolución de 7 de agosto de 2023,
DOE n.º 155, de 11 de agosto de 2023),
La Secretaria General,
LAURA CASTELL VIVAS
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