Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062472)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y la Sociedad Española de Estudios Clásicos por el que se concede una subvención directa para la organización y desarrollo de la XIX Olimpiada de Lenguas Clásicas y la XVI Olimpiada de Mundo Clásico en la Comunidad Autónoma Extremadura.
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NÚMERO 118

35511

Viernes 20 de junio de 2025

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ESTUDIOS CLÁSICOS POR EL QUE SE CONCEDE UNA
SUBVENCIÓN DIRECTA PARA LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LA XIX OLIMPIADA
DE LENGUAS CLÁSICAS Y LA XVI OLIMPIADA DE MUNDO CLÁSICO EN LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA EXTREMADURA.
Mérida, 20 de mayo de 2025.
REUNIDOS
De una parte, la Ilma. Sra. Dña. María Pilar Pérez García, Secretaria General de Educación y
Formación Profesional de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la
Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrada por Decreto 160/2023, de 2 de agosto
(DOE núm. 149, de 3 de agosto), en el ejercicio de las competencias delegadas por Resolución de 6 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, sobre delegación de determinadas
competencias y delegación de firma (DOE núm. 217, de 7 de noviembre).
De otra, D. Eugenio Ramón Luján Martínez, con NIF ***7456**, Presidente de la Sociedad
Española de Estudios Clásicos, con NIF G28715704, haciendo uso de la autorización que le
confiere el artículo 12 de los Estatutos de dicha Sociedad.
Las Partes intervienen en el ejercicio de las facultades que legalmente les confieren los cargos
que respectivamente desempeñan, reconociéndose legitimación para la suscripción del presente Convenio y en orden al mismo,
EXPONEN
1. Q
 ue el artículo 10.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura
establece que “Corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia de
desarrollo legislativo y ejecución de la educación y enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control
de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las
actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
2. L
 a Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en lo referido al modelo educativo
extremeño se fundamenta y tiene entre sus principios la formación integral de las personas
a lo largo de la vida, procurando el máximo desarrollo de todas sus capacidades.
3. Q
 ue la Sociedad Española de Estudios Clásicos (S.E.E.C.) tiene entre sus fines la promoción
y difusión de los estudios clásicos en todos los aspectos, literarios, lingüísticos, históricos,
filosóficos, didácticos, etc., incluidos el humanismo y la tradición clásica desde la Edad