Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062472)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y la Sociedad Española de Estudios Clásicos por el que se concede una subvención directa para la organización y desarrollo de la XIX Olimpiada de Lenguas Clásicas y la XVI Olimpiada de Mundo Clásico en la Comunidad Autónoma Extremadura.
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NÚMERO 118
Viernes 20 de junio de 2025

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Media hasta nuestros días, que por su propia naturaleza son de carácter filantrópico, y la
colaboración con las instituciones nacionales y extranjeras que cultiven o fomenten estos
mismos estudios.
4. Q
 ue desde el año 2008, fecha en que suscribieron el primer convenio, la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Sociedad Española de Estudios Clásicos, colaboran para desarrollar las Olimpiadas de Lenguas Clásicas
y Mundo Clásico.
5. Q
 ue continúa siendo de interés para ambas instituciones establecer un programa de acción
para incentivar y mejorar la enseñanza y el aprendizaje de las lenguas clásicas y profundizar en el conocimiento de la cultura grecolatina, en el marco de la enseñanza secundaria, en los centros educativos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la
organización y desarrollo de la “Olimpiada de Mundo Clásico” y la “Olimpiada de Lenguas
Clásicas”.
6. Q
 ue la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura es consciente de la importancia de implementar acciones que mejoren la enseñanza y
el aprendizaje que impliquen al conjunto de la comunidad educativa y otras entidades del
entorno pertenecientes al tercer sector. Es el caso de la “Olimpiada de Mundo Clásico” y la
“Olimpiada de Lenguas Clásicas donde se promueve incentivar y mejorar la enseñanza de
las lenguas clásicas y profundizar en el conocimiento de la cultura grecolatina al alumnado.
7. C
 onsiderando que la actividad a desarrollar es de interés público, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional articula a través del presente convenio una subvención directa a favor de la Sociedad Española de Estudios Clásicos de conformidad con lo
establecido en el artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, cuyo tenor establece que:
“Podrán concederse de forma directa, sin convocatoria previa, las siguientes subvenciones: c) Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones
de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que
dificulten su convocatoria pública”; siendo igualmente de aplicación el artículo 32 de dicha ley que dispone que: “La concesión de estas subvenciones se efectuará a solicitud del
interesado y se instrumentará mediante resolución o convenio, previa acreditación en el
expediente del cumplimiento de los requisitos que justifican su concesión directa ..”
“ … el convenio o la resolución deberá recoger, como mínimo, los siguientes extremos:
definición del objeto de las subvenciones, con indicación del carácter singular de las misma, del procedimiento de concesión directa y las razones que acrediten el interés público,