Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2025AC0049)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva parcial del Plan General Municipal de Monesterio.
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NÚMERO 119

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Lunes 23 de junio de 2025

Además, el Plan contempla como suelo urbano consolidado de uso industrial los terrenos
situados al noroeste del casco urbano, delimitados por las calles Ronda de Fuente de Cantos y Barrio de la Cruz, donde se localizan las instalaciones de la cooperativa San Isidro,
que las vigentes Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal clasifican en su mayor
parte como suelo no urbanizable, sin que medie justificación alguna. No se planea ninguna
actuación que permita dotar a los terrenos de las características propias de suelo urbano,
identificando los propietarios afectados, que deberán cumplir con las obligaciones prescriptas legalmente que deriven del proceso de reclasificación de los terrenos. Para este ámbito
se prevé, además, una zona dotacional que carece de acceso desde vial público.
El expediente ha seguido el procedimiento dispuesto en los artículos 77 y siguientes de la
LSOTEX para su aprobación.
V. ACUERDO.
Estudiado el expediente de referencia, así como los informes emitidos por el personal adscrito a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, debatido el asunto y
con el fin de garantizar el control de la legalidad y el cumplimiento de los cometidos previstos en el artículo 78 de la LSOTEX.
En su virtud, esta Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura,
vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
ACUERDA:
1. A
 probar definitivamente de manera parcial el expediente epigrafiado, según lo dispuesto
en la disposición transitoria cuarta de la LOTUS, modificada por la Ley 5/2022, de 25
de noviembre, de medidas para la mejora de los procesos de respuesta administrativa
a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos, que permite adoptar
el acuerdo según la fórmula prevista en la letra c) del apartado 3 del artículo 58 de la
LOTUS para los planes de ordenación urbanística en tramitación en el momento de su
entrada.
2. D
 ejar en suspenso el pronunciamiento sobre la aprobación definitiva de la ordenación
prevista por el Plan para los ámbitos API A.R.R-1 P.P.R-1, S.URB-8I y UA.R-3, y para
los terrenos situados al noroeste del casco urbano, delimitados por las calles Ronda de
Fuente de Cantos y Barrio de la Cruz, donde se localizan las instalaciones de la cooperativa San Isidro, hasta tanto se complete, justifique y corrija su documentación de
conformidad con lo indicado con anterioridad.
Se advierte al Ayuntamiento que, por razones de seguridad jurídica, cualquier cambio
importante o sustancial en relación con la ordenación propuesta para los mencionados