Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Expropiaciones. (2025040102)
Decreto 59/2025, de 17 de junio, por el que se declara urgente la ocupación por el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres de los bienes y derechos necesarios en el procedimiento de expropiación forzosa tramitado para la ejecución de la obra denominada "Proyecto de depuración de la localidad de Rincón de Ballesteros en el término municipal de Cáceres".
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NÚMERO 119
35755
Lunes 23 de junio de 2025
Artículo segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, así como
notificar este acuerdo al Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso
potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación
o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que
pudiera interponerse.
Mérida, 17 de junio de 2025.
El Consejero de Presidencia, Interior
y Diálogo Social,
La Presidenta de
la Junta de Extremadura,
ABEL BAUTISTA MORÁN
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN
35755
Lunes 23 de junio de 2025
Artículo segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, así como
notificar este acuerdo al Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso
potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación
o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que
pudiera interponerse.
Mérida, 17 de junio de 2025.
El Consejero de Presidencia, Interior
y Diálogo Social,
La Presidenta de
la Junta de Extremadura,
ABEL BAUTISTA MORÁN
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN