Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062474)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de rehabilitación de antigua fábrica textil como complejo turístico, cuya promotora es Iniciativas Industriales del Oeste, SL, en el término municipal de Hervás. Expte.: IA25/0085.
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NÚMERO 119
Lunes 23 de junio de 2025
35826
— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que el proyecto se centra en actuaciones dirigidas a la rehabilitación y consolidación estructural
de edificaciones ya existentes, con el beneficio ambiental que esto conlleva, al tratase
de la puesta en valor y consolidación patrimonial de una antigua fábrica textil, y de las
edificaciones anexas a la misma.
Las edificaciones se encuentran rodeadas por robles, nogales y chopos, existiendo en
las márgenes del río Alagón, presencia de un hábitat natural de interés comunitario
constituido por alisedas, que no se verá afectado por ninguna de las actuaciones. El
conjunto de las edificaciones queda integrado por la cobertura arbórea existente alrededor, debiéndose extremar las precauciones para no afectar a los pies arbóreos y arbustivos autóctonos presentes. Según la documentación aportada por la promotora no se
realizarán talas de árboles ni arbustos. La única construcción nueva será una pequeña
piscina con un vaso de 2 x 12 m. El volumen de tierras que se realice en la construcción
de la piscina se reutilizará en la adecuación de los suelos exteriores y para suavizar la
topografía de la parcela. Para la implantación del complejo turístico se necesitan una
serie de infraestructuras básicas, de las que ya se dispone en los edificios existentes,
de este modo el complejo cuenta con acometida municipal de aguas y con acometida
eléctrica. El edificio contará con sistema de saneamiento. La actividad solicitada no se
encuentra dentro de los límites de ningún espacio incluido en la Red de Áreas Protegidas de Extremadura (Red Natura 2000 y Espacio Natural Protegido). No se constata la
presencia de territorios de reproducción de especies de fauna protegida incluidas en el
Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura. Se considera que el proyecto con la aplicación de estas medidas preventivas y correctoras no es susceptible
de causar de forma significativas degradaciones sobre los hábitats ni alteraciones sobre
las especies por las que se han declarado los lugares de la Red Natura 2000 objeto del
presente informe y que resulta compatible con los planes de protección vigentes de las
especies presentes. Por ello se informa favorablemente la actividad solicitada, ya que
no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura
2000, siempre que se cumplan las condiciones que se establecen en el informe.
— La Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, en
lo relativo al Servicio de Urbanismo, indica que En el término municipal de Hervás se
encuentran actualmente vigentes las Normas Subsidiarias aprobadas definitivamente
por Resolución de 24 de abril de 1996 de la Comisión de Urbanismo y Ordenación
del Territorio de Extremadura, publicado en el DOE n.º 36, de 25 de marzo de 1997.
Corresponde al municipio Hervás realizar el control de legalidad de las actuaciones,
mediante el procedimiento administrativo de control previo o posterior que en su caso
corresponda, comprobando su adecuación a las normas de planeamiento y al resto de
Lunes 23 de junio de 2025
35826
— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que el proyecto se centra en actuaciones dirigidas a la rehabilitación y consolidación estructural
de edificaciones ya existentes, con el beneficio ambiental que esto conlleva, al tratase
de la puesta en valor y consolidación patrimonial de una antigua fábrica textil, y de las
edificaciones anexas a la misma.
Las edificaciones se encuentran rodeadas por robles, nogales y chopos, existiendo en
las márgenes del río Alagón, presencia de un hábitat natural de interés comunitario
constituido por alisedas, que no se verá afectado por ninguna de las actuaciones. El
conjunto de las edificaciones queda integrado por la cobertura arbórea existente alrededor, debiéndose extremar las precauciones para no afectar a los pies arbóreos y arbustivos autóctonos presentes. Según la documentación aportada por la promotora no se
realizarán talas de árboles ni arbustos. La única construcción nueva será una pequeña
piscina con un vaso de 2 x 12 m. El volumen de tierras que se realice en la construcción
de la piscina se reutilizará en la adecuación de los suelos exteriores y para suavizar la
topografía de la parcela. Para la implantación del complejo turístico se necesitan una
serie de infraestructuras básicas, de las que ya se dispone en los edificios existentes,
de este modo el complejo cuenta con acometida municipal de aguas y con acometida
eléctrica. El edificio contará con sistema de saneamiento. La actividad solicitada no se
encuentra dentro de los límites de ningún espacio incluido en la Red de Áreas Protegidas de Extremadura (Red Natura 2000 y Espacio Natural Protegido). No se constata la
presencia de territorios de reproducción de especies de fauna protegida incluidas en el
Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura. Se considera que el proyecto con la aplicación de estas medidas preventivas y correctoras no es susceptible
de causar de forma significativas degradaciones sobre los hábitats ni alteraciones sobre
las especies por las que se han declarado los lugares de la Red Natura 2000 objeto del
presente informe y que resulta compatible con los planes de protección vigentes de las
especies presentes. Por ello se informa favorablemente la actividad solicitada, ya que
no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura
2000, siempre que se cumplan las condiciones que se establecen en el informe.
— La Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, en
lo relativo al Servicio de Urbanismo, indica que En el término municipal de Hervás se
encuentran actualmente vigentes las Normas Subsidiarias aprobadas definitivamente
por Resolución de 24 de abril de 1996 de la Comisión de Urbanismo y Ordenación
del Territorio de Extremadura, publicado en el DOE n.º 36, de 25 de marzo de 1997.
Corresponde al municipio Hervás realizar el control de legalidad de las actuaciones,
mediante el procedimiento administrativo de control previo o posterior que en su caso
corresponda, comprobando su adecuación a las normas de planeamiento y al resto de