Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062484)
Resolución de 15 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de cebadero de terneros, cuya titular es Agroganadera Vaquero, SL, en el término municipal de Trujillo.
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NÚMERO 120
Martes 24 de junio de 2025

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— En cuanto a la medida correctoras de cara a la protección del patrimonio arqueológico no
detectado en superficie que pudiera verse afectado en el transcurso de las obras, será
la siguiente:


• Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente
los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de
Cultura.

— Si en alguna zona la pendiente del terreno requiriese realizar movimientos de tierras
para reducirla, se retirará la tierra vegetal antes para extenderla al final, especialmente
en los taludes. Se evitará realizar estos trabajos en periodos de lluvias para evitar el
arrastre de sedimentos por escorrentía. Si fuera necesario se realizarán aportes de tierra vegetal extra en las áreas con peligro de erosión.
— No se ocupará ninguna zona de vegetación natural asociada a los encharcamientos y
cauces.
— Las aguas residuales generadas en los aseos serán almacenadas en una fosa séptica
estanca (diferente a las fosas de purines) y se gestionarán por gestor autorizado.
— Respecto a la aplicación de estiércoles como abono orgánico, se estará a lo dispuesto en
el presente informe y normativa vigente, y en todo caso, el seguimiento ambiental de
la actuación contemplará la valoración de los efectos sobre el arbolado, de forma que
puedan corregirse posibles efectos adversos.
— En aquellas operaciones en las que se generen restos vegetales (podas, desbroces,
etc.), se atenderá a lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular. En este sentido, con carácter general, no está
permitida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario, priorizando
su reciclado mediante el tratamiento biológico de la materia orgánica. Únicamente podrá permitirse la quema de estos residuos con carácter excepcional, y siempre y cuando
cuenten con la correspondiente autorización individualizada que permita dicha quema.
— No se afectará a ningún pie de arbolado adulto en la construcción de las naves ni resto
de instalaciones, por lo que se tendrá en cuenta a la hora de la elección definitiva.
c. Medidas en fase de explotación.
— Se mantendrán en correcto estado de funcionamiento y operativas todas las instalaciones
y dispositivos para cumplir las medidas correctoras incluidas en la presente declaración.