Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062484)
Resolución de 15 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de cebadero de terneros, cuya titular es Agroganadera Vaquero, SL, en el término municipal de Trujillo.
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NÚMERO 120
Martes 24 de junio de 2025

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— Con objeto de preservar la adecuada gestión y seguimiento de los residuos retirados, el
promotor tendrá a disposición los documentos que acrediten la correcta gestión de los
mismos a los diferentes gestores autorizados.
— Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022,
de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Deberán
habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de
su tipología, clasificación y compatibilidad.
— Al finalizar las obras se pondrá especial atención en la retirada de cualquier material no
biodegradable o contaminante que se produzca a la hora de realizar los trabajos (embalajes, plásticos, metales, etc.). Estos residuos deberán almacenarse de forma separada
y gestionarse por gestor autorizado.
— Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen, se deberán separar
adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento,
cumpliendo en todo caso con lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y
demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y
demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Los movimientos de tierras serán los descritos en el proyecto. Se evitará realizar estos
trabajos en periodos de lluvias para evitar el arrastre de sedimentos por escorrentía. Si
fuera necesario se realizarán aportes de tierra vegetal extra en las áreas con peligro de
erosión.
— El cerramiento perimetral será de malla ganadera no estará anclado al suelo en puntos diferentes a los postes y no tendrá ningún elemento cortante o punzante. En todo
caso, se solicitará la autorización preceptiva ante la Dirección General de Sostenibilidad,
siempre y cuando no cumpla con los criterios establecidos en el artículo 17.f) del Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regula las condiciones para la instalación,
modificación y reposición de cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
— Se colocarán pasos de fauna a lo largo del vallado de cerramiento siguiendo las pautas
básicas del manual prescripciones técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados
perimetrales (segunda edición, revisada y ampliada), para facilitar los movimientos de
fauna y minimizar el efecto barrera. Se deberá garantizar el manteamiento de las características y funciones de estas estructuras durante toda la vida útil del proyecto.