Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062516)
Resolución de 15 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental integrada al proyecto de explotación porcina, titularidad de Antonio Mateos Escudero, en el término municipal de Castuera, provincia de Badajoz.
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NÚMERO 122
Jueves 26 de junio de 2025

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disponibilidad de recurso. Respecto a las aguas residuales generadas en el edificio
de aseo y vestuario, la documentación aportada indica que se dispondrá una fosa
séptica. En este caso, no se consideraría necesario tramitar autorización de vertido
a que hace referencia el artículo 100 del TRLA.


— Con fecha 18 de octubre de 2022 la Dirección General de Agricultura y Ganadería
emite informe acerca del cumplimiento del régimen de distancias y hace mención a
que las infraestructuras no están construidas.



— Con fecha 3 de agosto de 2022 la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural
informa que “Una vez estudiada la documentación presentada, se informa que el
proyecto de creación de una explotación porcina en la parcela 8 del polígono 18, en
el término municipal de Castuera y promovido por D. Antonio Mateos Escudero no
afecta a la vía pecuaria Cordel Transversal que discurre por el citado término municipal. Se le informa que el cerramiento se debe ajustar al límite de dicha vía pecuaria
fijada por Catastro”.



— Con fecha 17 de diciembre de 2021 la Dirección General de Urbanismo y Ordenación
del Territorio concluye que “Así y teniendo en cuenta lo comentado en el apartado
de “Observaciones, se emite informe favorable condicionado, al cumplimiento de lo
establecido en el artículo 34 de la normativa del Plan Territorial de La Serena”.

Estos informes han sido considerados en el análisis técnico del expediente a la hora de
formular la presente declaración de impacto ambiental y la contestación a los mismos debe
entenderse implícita en las medidas preventivas, protectoras y correctoras a las que se
sujetará la ejecución del proyecto y el desarrollo de la actividad.
Las consideraciones del promotor a estos informes se han integrado en el apartado C.
“Resumen del análisis técnico del expediente” de esta declaración de impacto ambiental.
B.3. Trámite de consultas a las personas interesadas.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 67 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de
Sostenibilidad, además de a las Administraciones Públicas afectadas, también consultó y a
las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, interesadas o vinculadas con el medio
ambiente. Las consultas realizadas se relacionan en la tabla adjunta. Se han señalado con
una “X” aquellas que han emitido informe o formulado alegaciones a dichas consultas.