Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Junta Consultiva De Contratación Administrativa. (2025040107)
Decreto 63/2025, de 24 de junio, por el que se modifica el Decreto 24/2023, de 29 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el Decreto 232/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
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NÚMERO 123
Viernes 27 de junio de 2025
37101
“1. (…).
b) Vocalías: su nombramiento se realizará por la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda, y corresponderán a:
— Una representación de las Intervenciones Delegadas de la Intervención General de la
Junta de Extremadura.
— Una representación del Cuerpo Superior de Letrados de la Abogacía General de la
Junta de Extremadura.
— Una Jefatura de Servicio o similar de cada una de las Consejerías que componen la
Junta de Extremadura y de los organismos autónomos que se determine.
— La Jefatura de Servicio responsable de la contratación centralizada.
— La Jefatura de Servicio responsable del Registro de Contratos.
(…).
2. La Comisión Permanente estará integrada por los siguientes miembros que formen parte
del pleno:
— Presidencia de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
— Representación de la Intervención Delegada.
— Representación de la Abogacía General.
— Tres Jefaturas de Servicio o similar de entre las vocalías del Pleno, designados por la
Presidencia de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
— Jefatura de Servicio responsable de la Contratación Centralizada.
— Jefatura de Servicio responsable del Registro de Contratos.
— Secretaría del Pleno.
Cinco. Se modifica el apartado 1 del artículo 15, que queda redactado con el siguiente tenor,
permaneciendo el resto de apartados del precepto inalterados:
“1. En caso de ausencia, vacante o enfermedad y, en general cuando concurra cualquier causa
justificada, la persona titular de la Presidencia delegará su asistencia en la Jefatura de
Servicio que tenga encomendada la gestión de la contratación centralizada”.
Seis. Se incluye un nuevo capítulo III, con el siguiente tenor literal:
Viernes 27 de junio de 2025
37101
“1. (…).
b) Vocalías: su nombramiento se realizará por la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda, y corresponderán a:
— Una representación de las Intervenciones Delegadas de la Intervención General de la
Junta de Extremadura.
— Una representación del Cuerpo Superior de Letrados de la Abogacía General de la
Junta de Extremadura.
— Una Jefatura de Servicio o similar de cada una de las Consejerías que componen la
Junta de Extremadura y de los organismos autónomos que se determine.
— La Jefatura de Servicio responsable de la contratación centralizada.
— La Jefatura de Servicio responsable del Registro de Contratos.
(…).
2. La Comisión Permanente estará integrada por los siguientes miembros que formen parte
del pleno:
— Presidencia de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
— Representación de la Intervención Delegada.
— Representación de la Abogacía General.
— Tres Jefaturas de Servicio o similar de entre las vocalías del Pleno, designados por la
Presidencia de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
— Jefatura de Servicio responsable de la Contratación Centralizada.
— Jefatura de Servicio responsable del Registro de Contratos.
— Secretaría del Pleno.
Cinco. Se modifica el apartado 1 del artículo 15, que queda redactado con el siguiente tenor,
permaneciendo el resto de apartados del precepto inalterados:
“1. En caso de ausencia, vacante o enfermedad y, en general cuando concurra cualquier causa
justificada, la persona titular de la Presidencia delegará su asistencia en la Jefatura de
Servicio que tenga encomendada la gestión de la contratación centralizada”.
Seis. Se incluye un nuevo capítulo III, con el siguiente tenor literal: