Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Radiodifusión. (2025062544)
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Consejera, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura relativo a la autorización de celebración de negocio jurídico (transmisión) sobre licencia de comunicación audiovisual radiofónica en la localidad de Jaraíz de la Vera (Cáceres), en la frecuencia 101.2 MHz.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 123
Viernes 27 de junio de 2025
37291
en cuestión, según lo dispuesto en la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación
Audiovisual, así como en el artículo 25 del Decreto 134/2013, de 30 de julio –modificado por
el Decreto 13/2019, de 6 de marzo–.
Cuarto. Con fecha de 23 de abril de 2025, tiene entrada en el Registro Único de documentos
de la Junta de Extremadura la documentación requerida para la celebración de negocio jurídico para la transmisión de la licencia de comunicación audiovisual radiofónica en la localidad
de Jaraíz de la Vera (Cáceres), con frecuencia: 101.2 MHz, acompañando los datos identificativos, declaraciones responsables y demás documentación establecida en el apartado 2 del
artículo 25 del Decreto 134/2013, de 30 de julio, de Comunicación Audiovisual de la Comunidad Autónoma de Extremadura –modificado por el Decreto 13/2019, de 6 de marzo–.
Quinto. Revisada la documentación presentada, se requiere la autorización correspondiente
a la preceptiva autorización por la Administración del Estado en lo referente a la transmisión o
cesión de la concesión de dominio público radioeléctrico anejo al título habilitante audiovisual
relacionado con el negocio jurídico objeto de solicitud de autorización, así como el documento
justificativo del abono de la tasa correspondiente en concepto de “autorización de negocio
jurídico relacionado con licencia de comunicación audiovisual”.
Sexto. Con fecha 30 de abril de 2025, se adjuntó la Resolución de la Secretaría de Estado
de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales por la que se concede autorización previa
para la transferencia de la concesión demanial DGCC-0800674 de Luis del Olmo Marote a
Radio Publi, SL. Asimismo, se adjunta documento justificativo del abono de la tasa correspondiente en concepto de “Autorización de negocio jurídico relacionado con licencia de comunicación audiovisual”, conforme a lo dispuesto en los apartados 1 y 2.h) del artículo 25 del Decreto
134/2013, a través del ingreso de 416,58 € a través del modelo 50.
Séptimo. El 16 de mayo de 2025, se redacta informe propuesta del Jefe de Servicio de Comunicación Audiovisual, relativo a la solicitud de autorización para la celebración de negocio
jurídico (transmisión) sobre licencia de comunicación audiovisual radiofónica en la localidad
de Jaraíz de la Vera (Cáceres) en la frecuencia 101.2 MHz.
Octavo. Habiéndose realizado por el Servicio de Comunicación Audiovisual el análisis de la
documentación presentada al efecto, y efectuadas las comprobaciones e inspecciones oportunas –respecto de la documentación obrante en el expediente de su razón y demás archivos
del citado Servicio, así como respecto de la adecuada prestación del servicio de comunicación audiovisual radiofónico objeto de la licencia de referencia mediante visita de inspección
efectuada (el 14 de mayo de 2025) por personal técnico adscrito al citado Servicio y recogida
en Informe Técnico, sin detectar deficiencia o irregularidad alguna, la Secretaría General ha
formulado propuesta a la persona titular de la Consejería competente en materia de comu-
Viernes 27 de junio de 2025
37291
en cuestión, según lo dispuesto en la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación
Audiovisual, así como en el artículo 25 del Decreto 134/2013, de 30 de julio –modificado por
el Decreto 13/2019, de 6 de marzo–.
Cuarto. Con fecha de 23 de abril de 2025, tiene entrada en el Registro Único de documentos
de la Junta de Extremadura la documentación requerida para la celebración de negocio jurídico para la transmisión de la licencia de comunicación audiovisual radiofónica en la localidad
de Jaraíz de la Vera (Cáceres), con frecuencia: 101.2 MHz, acompañando los datos identificativos, declaraciones responsables y demás documentación establecida en el apartado 2 del
artículo 25 del Decreto 134/2013, de 30 de julio, de Comunicación Audiovisual de la Comunidad Autónoma de Extremadura –modificado por el Decreto 13/2019, de 6 de marzo–.
Quinto. Revisada la documentación presentada, se requiere la autorización correspondiente
a la preceptiva autorización por la Administración del Estado en lo referente a la transmisión o
cesión de la concesión de dominio público radioeléctrico anejo al título habilitante audiovisual
relacionado con el negocio jurídico objeto de solicitud de autorización, así como el documento
justificativo del abono de la tasa correspondiente en concepto de “autorización de negocio
jurídico relacionado con licencia de comunicación audiovisual”.
Sexto. Con fecha 30 de abril de 2025, se adjuntó la Resolución de la Secretaría de Estado
de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales por la que se concede autorización previa
para la transferencia de la concesión demanial DGCC-0800674 de Luis del Olmo Marote a
Radio Publi, SL. Asimismo, se adjunta documento justificativo del abono de la tasa correspondiente en concepto de “Autorización de negocio jurídico relacionado con licencia de comunicación audiovisual”, conforme a lo dispuesto en los apartados 1 y 2.h) del artículo 25 del Decreto
134/2013, a través del ingreso de 416,58 € a través del modelo 50.
Séptimo. El 16 de mayo de 2025, se redacta informe propuesta del Jefe de Servicio de Comunicación Audiovisual, relativo a la solicitud de autorización para la celebración de negocio
jurídico (transmisión) sobre licencia de comunicación audiovisual radiofónica en la localidad
de Jaraíz de la Vera (Cáceres) en la frecuencia 101.2 MHz.
Octavo. Habiéndose realizado por el Servicio de Comunicación Audiovisual el análisis de la
documentación presentada al efecto, y efectuadas las comprobaciones e inspecciones oportunas –respecto de la documentación obrante en el expediente de su razón y demás archivos
del citado Servicio, así como respecto de la adecuada prestación del servicio de comunicación audiovisual radiofónico objeto de la licencia de referencia mediante visita de inspección
efectuada (el 14 de mayo de 2025) por personal técnico adscrito al citado Servicio y recogida
en Informe Técnico, sin detectar deficiencia o irregularidad alguna, la Secretaría General ha
formulado propuesta a la persona titular de la Consejería competente en materia de comu-