Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062567)
Resolución de 20 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de planta para el procesado de la piña y la obtención de piñón blanco de pino piñonero (pinus pinea L.), en el término municipal de Calera de León, cuya promotora es la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca. Expte.:IA25/0450.
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NÚMERO 125
37841
Martes 1 de julio de 2025
Relación de organismos y entidades consultados
Respuestas recibidas
Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio
X
Confederación Hidrográfica del Guadiana
-
Ecologistas en Acción
-
Ecologistas Extremadura
-
ADENEX
-
SEO/BirdLife
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-
AMUS
-
GREENPEACE
-
Ayuntamiento de Calera de León
-
A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
El Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio
y Agenda Urbana informa que, en el término municipal de Calera de León se encuentran
actualmente vigentes las Normas Subsidiarias aprobadas definitivamente por Resolución
de 14 de diciembre de 1994, de la Comisión de Urbanismo de Extremadura, publicadas en
DOE n.º 59 de 20 de mayo de 1995. En virtud de lo establecido en los artículos 143.3.a),
145.1 y 164 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura, corresponde al municipio de Calera de León realizar el control
de legalidad de las actuaciones, mediante el procedimiento administrativo de control previo o posterior que en su caso corresponda, comprobando su adecuación a las normas de
planeamiento y al resto de legislación aplicable. También comunica que, según lo dispuesto en el artículo 69.6 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y
urbanística sostenible de Extremadura “En los actos promovidos por las administraciones
públicas, la aprobación de los proyectos de obras y servicios públicos lleva implícita la calificación rústica del suelo a que afecten, siempre que se cumplan los requisitos normativos
precisos para su otorgamiento”.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, informa que la actuación
no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio incluido en Red Natura 2000, ni se
prevé que pueda afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a los mismos o a
sus valores ambientales.
37841
Martes 1 de julio de 2025
Relación de organismos y entidades consultados
Respuestas recibidas
Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio
X
Confederación Hidrográfica del Guadiana
-
Ecologistas en Acción
-
Ecologistas Extremadura
-
ADENEX
-
SEO/BirdLife
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-
AMUS
-
GREENPEACE
-
Ayuntamiento de Calera de León
-
A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
El Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio
y Agenda Urbana informa que, en el término municipal de Calera de León se encuentran
actualmente vigentes las Normas Subsidiarias aprobadas definitivamente por Resolución
de 14 de diciembre de 1994, de la Comisión de Urbanismo de Extremadura, publicadas en
DOE n.º 59 de 20 de mayo de 1995. En virtud de lo establecido en los artículos 143.3.a),
145.1 y 164 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura, corresponde al municipio de Calera de León realizar el control
de legalidad de las actuaciones, mediante el procedimiento administrativo de control previo o posterior que en su caso corresponda, comprobando su adecuación a las normas de
planeamiento y al resto de legislación aplicable. También comunica que, según lo dispuesto en el artículo 69.6 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y
urbanística sostenible de Extremadura “En los actos promovidos por las administraciones
públicas, la aprobación de los proyectos de obras y servicios públicos lleva implícita la calificación rústica del suelo a que afecten, siempre que se cumplan los requisitos normativos
precisos para su otorgamiento”.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, informa que la actuación
no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio incluido en Red Natura 2000, ni se
prevé que pueda afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a los mismos o a
sus valores ambientales.