Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062576)
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual para financiar el proyecto "5041 COMPUTAEX: PAN (Plataforma Agroalimentaria en Red)" en el ámbito del programa "Redes Territoriales de Especialización Tecnológica (RETECH)" en los ejercicios 2025 y 2026 en el marco del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Nextgeneration EU.
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NÚMERO 125
Martes 1 de julio de 2025

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posibles riesgos de incumplimiento y desviaciones respecto de la planificación establecida,
deberá presentarlo COMPUTAEX antes del día 15 del último mes de cada trimestre. Del
mismo modo, dicha Orden dispone la obligación de elaborar un Informe de gestión para el
que será necesario que COMPUTAEX presente los hitos/objetivos y la información contable
sobre el gasto en el que se ha incurrido, que deberá presentarlo antes del día 15 del último
mes de cada semestre.
Respecto de los informes de avances logrados establecidos en el Reglamento delegado
(UE) 2021/2106 de la Comisión de 28 de septiembre, COMPUTAEX presentará en el marco
del semestre europeo, sendos informes, antes del día 10 de abril y del 10 de octubre de
cada anualidad hasta la finalización del programa.
4. C
 ualquier otro informe relativo a las tareas correspondientes deberá ser aportado ante la
Dirección General de Digitalización Regional.
Quinta. Ejecución del proyecto y plazo y forma de justificar la transferencia específica.
La fecha de finalización de la ejecución del proyecto será el 31 de marzo de 2026, sin perjuicio
de que a la transferencia específica que se formaliza mediante la suscripción de este convenio
puedan imputarse los gastos derivados de tal ejecución en los que haya incurrido desde el 1
de enero de 2025.
Los pagos derivados de la ejecución de las anteriores actuaciones, así como la acreditación
relativa a los mismos, deberán estar realizados y fechados con anterioridad al 15 de abril de
2026.
Se podrán celebrar adendas al presente convenio para modificar su contenido siempre que
previamente sea acordado por la Comisión de Seguimiento. A estos efectos, no se entiende
necesaria la formalización de adenda, cuando las posibles variaciones no superen el 20% de
lo presupuestado para cada actividad, teniendo en cuenta que la cláusula segunda permite
únicamente modificaciones entre las actividades, respetando el límite del importe global establecido para cada componente.
La entidad COMPUTAEX llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para
esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente
Convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actuaciones realizadas
a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
La justificación de las actuaciones deberá realizarse conforme a lo recogido en la cláusula
sexta y en las instrucciones contenidas en el Anexo II del presente Convenio.