Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062576)
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual para financiar el proyecto "5041 COMPUTAEX: PAN (Plataforma Agroalimentaria en Red)" en el ámbito del programa "Redes Territoriales de Especialización Tecnológica (RETECH)" en los ejercicios 2025 y 2026 en el marco del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Nextgeneration EU.
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NÚMERO 125
Martes 1 de julio de 2025

37719

Asimismo, deberán conservar todos los documentos justificativos según se establece en las
instrucciones recogidas en el Anexo II del presente Convenio, estarán a disposición de la
Consejería, de los órganos de fiscalización y control financiero y de los órganos de control
de la Unión Europea durante un plazo de 5 años a partir del 31 de diciembre del año en que
la autoridad de gestión efectúe el último pago al beneficiario, de conformidad con el artículo
82.1 del Reglamento (UE) n.º 2021/1060.
La justificación de las actuaciones y de los gastos deberá realizarse conforme a:
— Las instrucciones indicadas en el Anexo II del presente convenio y las medidas que garanticen su trazabilidad recogida en ese mismo Anexo II (Cuadro resumen de actuaciones de la transferencia, Relación de facturas imputadas y justificantes de pago, Gastos
de personal de cada trabajador imputado a la transferencia, Dietas y desplazamientos
de cada trabajador imputado a la transferencia, Resumen de indicadores de productividad, ejecución y difusión de las actuaciones y Memoria coste final).
— La documentación definida dentro de los entregables de cada una de las actividades.
Además, la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, en su tarea de supervisión e inspección del proyecto, podrá requerir a COMPUTAEX cuanta documentación considere
necesaria para la adecuada justificación y acreditación de las actuaciones.
La Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX), ejecutará las actividades mencionadas en la cláusula segunda siguiendo el desglose por actividades
que se adjunta en el Anexo I e informará sobre su el nivel de logro de los indicadores.
Sin perjuicio de todo lo anterior, y de conformidad con el artículo 125 del Reglamento (UE) n.º
1303/2013, de 18 de diciembre, la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX), reconoce y acepta, la transferencia específica recogida en el presente
Convenio, el cumplimiento de los requisitos específicos indicados en el Anexo III (D.E.C.A.)
del mismo al estar sujetas a cofinanciación por parte de la Unión Europea.
Sexta. Pago de la Transferencia específica.
1. L
 os pagos de esta transferencia específica se harán efectivos, con carácter general de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de
Hacienda Pública de Extremadura y el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril,
por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005. De esta forma, se establece una forma de pago
trimestral. El pago se determina de la siguiente forma: