Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Conciertos Sociales. (2025062610)
Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Dirección Gerencia del SEPAD, de adjudicación directa de conciertos sociales para la prestación del servicio de vivienda tutelada para personas con discapacidad incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
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NÚMERO 127
Jueves 3 de julio de 2025

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A estos efectos y tras la tramitación oportuna, en fecha 31 de octubre de 2022, se adjudicaron
los conciertos sociales para la prestación del servicio de vivienda tutelada para personas con
discapacidad con las entidades que figuran en el anexo I de la presente propuesta, formalizándose individualmente con cada una de ellas, estableciéndose un plazo de duración de doce
meses, desde el día 2 de octubre de 2022 hasta el 1 de octubre de 2023.
Segundo. Con posterioridad, toda vez que la duración inicial de los conciertos sociales a
los que se refiere el párrafo anterior no agotaba el plazo de dieciocho meses previsto por la
disposición transitoria única del Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, se procede a la renovación de los mismos por un plazo adicional de seis meses, desde el 2 de octubre de 2023
hasta el 1 de abril de 2024.
Tercero. En fecha 27 de marzo de 2024, estos conciertos fueron objeto de una nueva renovación, desde el 2 de abril de 2024 hasta el 1 de abril de 2025, con base en la disposición
adicional decimoprimera de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, que estableció, en su apartado
primero, que “con carácter excepcional, durante la anualidad 2024, al objeto de garantizar
la continuidad asistencial de las personas usuarias y hasta tanto se inicie la ejecución de los
conciertos que se tramiten conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 122/2022, de
28 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos
sociales para la prestación de servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura, se podrán renovar los conciertos que fueron adjudicados al amparo
de la disposición transitoria única del citado Decreto por el plazo estrictamente necesario, que
no podrá superar los doce meses”.
Cuarto. Con fecha 8 de abril de 2025 se emite informe por la Jefa de Unidad de Atención a
la Discapacidad y Salud Mental en el que, por los motivos expuestos en el mismo, considera
necesaria la adjudicación directa de los conciertos para la prestación del servicio de vivienda
tutelada una vez que los conciertos anteriormente suscritos han finalizado su vigencia el 1
de abril de 2025, con el fin de dar continuidad a la asistencia que se presta a las personas
usuarias atendidas en dichos servicios, con una duración de 12 meses, desde el 2 de abril de
2025 hasta el 1 de abril de 2026.
Quinto. En fecha 8 de abril de 2025 se acuerda el inicio del procedimiento de adjudicación
directa de los conciertos para el servicio de vivienda tutelada para personas con discapacidad
con las entidades relacionadas en el anexo I, para el periodo comprendido entre el día 2 de
abril de 2025 y el día 1 de abril de 2026, habiendo sido notificado dicho acuerdo a dichas
entidades. Del mismo modo se ha dado audiencia y requerida documentación a las entidades
que figuran en el anexo I, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto
122/2022, de 28 de septiembre, sin que consten alegaciones a dicho acuerdo de inicio, según
queda acreditado con la documentación obrante en el expediente.