Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Conciertos Sociales. (2025062608)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Dirección Gerencia del SEPAD, de adjudicación directa de conciertos sociales para la prestación del servicio de residencia para personas con discapacidad y necesidades de apoyo intermitente o limitado incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
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NÚMERO 127
Jueves 3 de julio de 2025

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II. Personas destinatarias del servicio.
1. S
 erán destinatarias del servicio de residencia de apoyo intermitente o limitado, de
acuerdo con lo establecido en el Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX), las personas que
cumplan los siguientes requisitos:


— Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% por el Cadex.



— Que no presenten necesidades de apoyo específico y con habilidades adaptativas
suficientes para la vida en el hogar y la convivencia que requieran una supervisión
general en las AVD.



— Tener cumplidos dieciocho años, con carácter general y dieciséis cuando concurran
circunstancias debidamente acreditadas. No superar la edad de 60 años.



— Estar empadronados en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de
Extremadura durante los doce meses anteriores a la solicitud del servicio. Este último plazo no será exigible para aquellas personas solicitantes en las que concurran
circunstancias laborales o de agrupamiento familiar de carácter excepcional, debidamente justificadas y acreditadas. Este requisito no será necesario para las personas
solicitantes no residentes pero que hayan nacido en Extremadura y sus descendientes tengan reconocida la condición de extremeñidad o transeúntes en situación de
emergencia.

III. Condiciones técnicas de ejecución.
Para llevar a cabo los objetivos marcados dentro del funcionamiento del centro se hace
necesario elaborar una programación de actuaciones a desarrollar por parte de los profesionales de atención directa que recoja tanto métodos de intervención en el ámbito individual como en el ámbito colectivo. Los programas elaborados tendrán un carácter integral
y personalizado, abordando al residente considerando la personalidad global de éste. De
ahí la necesidad de que los profesionales realicen un trabajo interdisciplinario en conexión
con las restantes áreas y servicios del centro.
El centro dispondrá o concertarán servicios de profesionales en función de las necesidades
de personas usuarias, de forma que se faciliten actuaciones globales e integradoras para
cubrir las necesidades sanitarias, psicológicas y sociales de cada residente.
Las funciones del equipo multidisciplinar serán las siguientes:


— Organización y coordinación de las actividades de la vida diaria de todas las personas
usuarias del centro.