Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Conciertos Sociales. (2025062608)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Dirección Gerencia del SEPAD, de adjudicación directa de conciertos sociales para la prestación del servicio de residencia para personas con discapacidad y necesidades de apoyo intermitente o limitado incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
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NÚMERO 127
Jueves 3 de julio de 2025
38117
— Elaboración de programas individuales de habilitación y atención especializada.
— Control de los programas y tratamientos a llevar a cabo por las personas usuarias,
para lo que periódicamente se revisarán y evaluarán dichos programas, con el fin
de determinar los progresos conseguidos, las modificaciones a introducir, así como
cualquier otra incidencia que fuera necesario tener en cuenta.
a) Programación.
Existirán los siguientes tipos de programación:
— Plan General: En el que se definirá la identificación y especificación de objetivos y de
sus correspondientes actividades, incluyendo las actividades de ocio y tiempo libre. El
equipo multiprofesional del centro elaborará un programa de actividades así como la
asignación de recursos humanos y materiales, toda la organización y la planificación
adecuada del servicio residencial, donde se determinarán las técnicas metodológicas
idóneas a aplicar y los procedimientos de evaluación y seguimiento de los logros.
— Programación General del Servicio: Donde se recoge el Reglamento de Régimen interno
del Centro, ideario, protocolos de intervención, recursos y medios para dar respuesta a
las demandas de las personas usuarias, seguimiento y evaluación global.
Esta normativa de régimen interno especificará las normas de funcionamiento, los horarios y servicios, el servicio de quejas, reclamaciones y sugerencias, etc., expuestas
en lugar visible y a disposición de las personas usuarias y sus familias.
— Programación por módulo de intervención: Cada módulo debe contar con una programación específica, elaborada en común por el personal del mismo, donde se recogen los
objetivos, actividades, técnicas y seguimiento de las personas usuarias
— Programación individual: Determinará las líneas de actuación con cada persona usuaria
para dar respuesta a sus demandas y necesidades. Se debe reflejar en un programa
individual escrito, señalando la evaluación inicial o línea base, los objetivos operativos
a conseguir, las actividades a desarrollar, el tiempo que ha de permanecer en cada uno
de los servicios de la Unidad, así como una evaluación, al menos anual.
— Normativa de régimen interno donde se especifiquen las normas de funcionamiento, los
horarios y servicios, el servicio de quejas, reclamaciones y sugerencias, etc., expuesta
en lugar visible y a disposición de las personas usuarias y sus familias. Cada centro
residencial deberá tener descritos y estandarizados los siguientes procedimientos de
funcionamiento interno:
• Procedimiento de acogida.
Jueves 3 de julio de 2025
38117
— Elaboración de programas individuales de habilitación y atención especializada.
— Control de los programas y tratamientos a llevar a cabo por las personas usuarias,
para lo que periódicamente se revisarán y evaluarán dichos programas, con el fin
de determinar los progresos conseguidos, las modificaciones a introducir, así como
cualquier otra incidencia que fuera necesario tener en cuenta.
a) Programación.
Existirán los siguientes tipos de programación:
— Plan General: En el que se definirá la identificación y especificación de objetivos y de
sus correspondientes actividades, incluyendo las actividades de ocio y tiempo libre. El
equipo multiprofesional del centro elaborará un programa de actividades así como la
asignación de recursos humanos y materiales, toda la organización y la planificación
adecuada del servicio residencial, donde se determinarán las técnicas metodológicas
idóneas a aplicar y los procedimientos de evaluación y seguimiento de los logros.
— Programación General del Servicio: Donde se recoge el Reglamento de Régimen interno
del Centro, ideario, protocolos de intervención, recursos y medios para dar respuesta a
las demandas de las personas usuarias, seguimiento y evaluación global.
Esta normativa de régimen interno especificará las normas de funcionamiento, los horarios y servicios, el servicio de quejas, reclamaciones y sugerencias, etc., expuestas
en lugar visible y a disposición de las personas usuarias y sus familias.
— Programación por módulo de intervención: Cada módulo debe contar con una programación específica, elaborada en común por el personal del mismo, donde se recogen los
objetivos, actividades, técnicas y seguimiento de las personas usuarias
— Programación individual: Determinará las líneas de actuación con cada persona usuaria
para dar respuesta a sus demandas y necesidades. Se debe reflejar en un programa
individual escrito, señalando la evaluación inicial o línea base, los objetivos operativos
a conseguir, las actividades a desarrollar, el tiempo que ha de permanecer en cada uno
de los servicios de la Unidad, así como una evaluación, al menos anual.
— Normativa de régimen interno donde se especifiquen las normas de funcionamiento, los
horarios y servicios, el servicio de quejas, reclamaciones y sugerencias, etc., expuesta
en lugar visible y a disposición de las personas usuarias y sus familias. Cada centro
residencial deberá tener descritos y estandarizados los siguientes procedimientos de
funcionamiento interno:
• Procedimiento de acogida.