Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062614)
Resolución de 21 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Corta, destoconado y nueva plantación de un clon de eucalipto para madera en 69,51 ha", cuyo promotor es Francisco Javier Velaz de Medrano Cuervo, en el término municipal de Cáceres. Expte.: IA24/0776.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 128
Viernes 4 de julio de 2025

38453

7. T
 anto las pilas de madera como los lugares para el estacionamiento de maquinaria
deberán situarse de tal forma que no generen afección significativa sobre las especies
protegidas presentes. Los cargaderos se situarán en aquellos lugares más degradados
o donde la vegetación presente un menor valor.
8. S
 e mantendrán los muros de piedra que se encuentren en el tránsito de las áreas y
líneas cortafuegos, ya que además de formar una barrera que dificulta el avance del
fuego, tienen un alto valor ecológico al servir de refugio de biodiversidad.
9. C
 omo medida fitosanitaria y de prevención de incendios forestales, se retirarán o eliminarán todos los restos vegetales procedentes de la actuación en un plazo no superior a
dos meses desde la finalización de la misma y, en cualquier caso, antes de la declaración de la época de peligro alto de incendios. Se desaconseja la quema como método
de eliminación; no obstante, cualquiera que sea el método elegido, deberá cumplir la
normativa vigente en materia de incendios.
10. Se evitará la formación de cordones longitudinales con restos de vegetación y tierra.
Los restos generados en ningún momento se echarán a los cauces de los arroyos. Se
evitará su quema y será preferible su incorporación al terreno por astillado o triturado.
11. Se cumplirán las medidas establecidas en el Decreto 52/2010, de 5 de maro, por el que
se aprueba el Plan de lucha contra incendios forestales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (Plan INFOEX), así como lo establecido en el Decreto 260/2014, de 2 de
diciembre, por el que se regula la prevención de los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan PREIFEX), modificado por el Decreto 144/2016,
de 6 de septiembre, durante la época de peligro alto y medio, en la ejecución de trabajos forestales que puedan dar lugar a incendios forestales, así como cualquier normativa que en desarrollo de las anteriores, limite o prohíba las actividades en el monte. En
concreto, en caso de declararse “peligro extremo de incendios” cuando las condiciones
meteorológicas así lo aconsejen, podrá ordenarse la paralización de los trabajos.
12. Los posibles sobrantes de tierra y piedras se deberán gestionar adecuadamente, mediante su transporte a vertederos autorizados o su reutilización para labores de restauración dentro del ámbito de la zona de actuación, sin que esto provoque ningún tipo de
afección añadida a la ejecución de los trabajos previstos.
13. Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones
adecuadas para ello (cambios de aceite, lavados, etc.), evitando los posibles vertidos
accidentales al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la
maquinaria de la obra se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su
evacuación y tratamiento por gestor autorizado.