Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062988)
Resolución de 30 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Plataforma del Voluntariado de Extremadura para apoyar el fortalecimiento del voluntariado en Extremadura.
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NÚMERO 154

45183

Lunes 11 de agosto de 2025

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES
DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA PLATAFORMA DEL VOLUNTARIADO DE EXTREMADURA
PARA APOYAR EL FORTALECIMIENTO DEL VOLUNTARIADO EN EXTREMADURA.
Mérida, 22 de julio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, doña Sara García Espada, que interviene en nombre y representación de la
Consejería de Salud y Servicios Sociales, en su condición de titular de la misma nombrada por
Decreto de la Presidenta 21/2023, de 20 de julio, (DOE n.º 140, de 21 de julio), en virtud de
las funciones atribuidas por los artículos 36.a) y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y previa autorización del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 8 de julio de 2025.
Y, de otra parte, don Jesús Gumiel Barragán, en su condición de presidente de la Plataforma
del Voluntariado de Extremadura, cargo para el que fue nombrado el 11 de julio de 2024 por
la Asamblea General de esta entidad, y actuando como su representante legal en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 21 de los Estatutos de esta entidad.
Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad legal para establecer el presente convenio de colaboración, y a tales efectos,
EXPONEN
Primero. Que el Estatuto de Autonomía de Extremadura, atribuye a ésta, en su artículo
9.1.45, la competencia exclusiva en materia de asociaciones y fundaciones de todo tipo que
desarrollen principalmente sus funciones en Extremadura, así como el fomento del voluntariado.
En este marco competencial, se aprueba la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado
de Extremadura, que tiene entre su objeto ordenar, proteger y fomentar el voluntariado que
se ejerza en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Extremadura, así como aquellos planes, programas o proyectos de entidades de voluntariado que desarrollen su actividad
voluntaria fuera de Extremadura.
Esta misma ley regula en su artículo 42.2 las funciones de la consejería que tenga atribuida
las competencias en materia de fomento del voluntariado, entre las que se encuentran las
siguientes: e) apoyar la realización de programas y actividades de voluntariado que se lleven
a cabo en la comunidad autónoma de Extremadura; f) fomentar la coordinación y el trabajo
en red del ejercicio de competencias que en materia de voluntariado puedan desarrollarse por