Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Retribuciones. (2025081380)
Anuncio de 1 de agosto de 2025 por el que se da publicidad a la Circular 3/2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se informa sobre el procedimiento y criterios a seguir para el abono del incremento retributivo del 2% pendiente de 2020 al personal cuya nómina gestiona la Dirección General de Función Pública a través del aplicativo SIRhUSx.
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NÚMERO 157
46096
Jueves 14 de agosto de 2025
y publicar en el Diario Oficial de Extremadura, sin perjuicio de su inserción en otros medios
de difusión, las tablas retributivas que afecten a su ámbito de nómina de personal, así como
dictar mediante resolución las instrucciones necesarias para su desarrollo e interpretación.
Una vez cumplidas las condicionantes para el abono de las cantidades derivadas del incremento retributivo del 2 % correspondiente a los meses de enero a noviembre de 2020, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 15 de abril de 2025
se acordó abonar las cantidades derivadas del citado incremento retributivo, correspondiente
a los meses de enero a noviembre de 2020, sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2019 de los conceptos retributivos de sueldos, trienios o antigüedad y complemento
de destino, al personal de la Administración de la Comunidad Autónoma y de sus Organismos
Autónomos que se hallara en situación de servicio activo durante el período al que se refieren
los abonos.
El apartado cuarto de dicho acuerdo establece que el importe total a abonar se distribuirá
entre las anualidades 2025, 2026 y 2027, por importe anual de 1/3 del valor total generado.
Igualmente autoriza el abono de los pagos correspondientes a cada anualidad en distintas
fases cuando concurran motivos técnicos o formales que imposibiliten inicialmente su pago a
determinados perceptores, refiriendo la obligación de difusión, en su caso, a través del portal
del empleado público, sin perjuicio de su inserción en otros medios de comunicación.
Por otro lado, en su apartado sexto autoriza al titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, para dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarias para dar efectividad
a lo dispuesto en dicho acuerdo en su respectivo ámbito competencial, en función de las disponibilidades técnicas de gestión de la nómina de su personal.
Sobre esta base, mediante Circular 3/2025 emitida por la Dirección General de Función Pública, de fecha de 1 de agosto de 2025, se informa sobre el procedimiento y criterios a seguir
para el abono del incremento retributivo del 2% pendiente de 2020 al personal cuya nómina
gestiona la Dirección General de Función Pública través de aplicativo SIRhUSx.
Por todo lo expuesto, de conformidad con las atribuciones conferidas por el ordenamiento
jurídico a esta Dirección General, se da publicidad de la citada Circular, que permanecerá expuesta en el Portal del Empleado Público, en la siguiente dirección de internet
http://portalempleado.gobex.es.
Mérida, 1 de agosto de 2025. El Director General de Función Pública, DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO.
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Jueves 14 de agosto de 2025
y publicar en el Diario Oficial de Extremadura, sin perjuicio de su inserción en otros medios
de difusión, las tablas retributivas que afecten a su ámbito de nómina de personal, así como
dictar mediante resolución las instrucciones necesarias para su desarrollo e interpretación.
Una vez cumplidas las condicionantes para el abono de las cantidades derivadas del incremento retributivo del 2 % correspondiente a los meses de enero a noviembre de 2020, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 15 de abril de 2025
se acordó abonar las cantidades derivadas del citado incremento retributivo, correspondiente
a los meses de enero a noviembre de 2020, sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2019 de los conceptos retributivos de sueldos, trienios o antigüedad y complemento
de destino, al personal de la Administración de la Comunidad Autónoma y de sus Organismos
Autónomos que se hallara en situación de servicio activo durante el período al que se refieren
los abonos.
El apartado cuarto de dicho acuerdo establece que el importe total a abonar se distribuirá
entre las anualidades 2025, 2026 y 2027, por importe anual de 1/3 del valor total generado.
Igualmente autoriza el abono de los pagos correspondientes a cada anualidad en distintas
fases cuando concurran motivos técnicos o formales que imposibiliten inicialmente su pago a
determinados perceptores, refiriendo la obligación de difusión, en su caso, a través del portal
del empleado público, sin perjuicio de su inserción en otros medios de comunicación.
Por otro lado, en su apartado sexto autoriza al titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, para dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarias para dar efectividad
a lo dispuesto en dicho acuerdo en su respectivo ámbito competencial, en función de las disponibilidades técnicas de gestión de la nómina de su personal.
Sobre esta base, mediante Circular 3/2025 emitida por la Dirección General de Función Pública, de fecha de 1 de agosto de 2025, se informa sobre el procedimiento y criterios a seguir
para el abono del incremento retributivo del 2% pendiente de 2020 al personal cuya nómina
gestiona la Dirección General de Función Pública través de aplicativo SIRhUSx.
Por todo lo expuesto, de conformidad con las atribuciones conferidas por el ordenamiento
jurídico a esta Dirección General, se da publicidad de la citada Circular, que permanecerá expuesta en el Portal del Empleado Público, en la siguiente dirección de internet
http://portalempleado.gobex.es.
Mérida, 1 de agosto de 2025. El Director General de Función Pública, DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO.
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