Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025063131)
Corrección de errores de la Resolución de 15 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad virtual, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 161
Jueves 21 de agosto de 2025

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del modelo del anexo IX.B, disponiendo de un periodo de transición hasta la finalización
del curso 2026/2027, mientras que, si opta por incorporarse al que desarrolla el Real
Decreto 659/2023, de 18 de julio, utilizará el modelo del anexo X.B. En ambos casos, la
solicitud irá acompañada de la declaración de elección del plan de estudios conforme al
modelo del anexo XI.B.
6. El alumnado que mantuviera matrícula activa en el curso 2024/2025 en el Ciclo Formativo de Grado Superior de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales con
plan de estudios regulado en el Decreto 82/2006, de 2 de mayo, y al finalizar el mismo
tenga pendiente de superar módulos que lo componen por más de 1045 horas, deberá
incorporarse al plan establecido en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio y deberá
solicitar vacante en aquellos en los que desea matricularse por orden de preferencia,
para lo que hará uso del modelo del anexo XII.B.
7. L
 a solicitud correspondiente se deberá presentar:


a. Personalmente en las dependencias del centro educativo donde vaya a cursar estas
enseñanzas.
b. A través de los registros de las Oficinas de Asistencia a la ciudadanía de la Junta
de Extremadura a los que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de
diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro único y se regulan las
funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 246, de 24 de diciembre de 2009), en
concordancia con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En caso de optar por presentar su solicitud de admisión en una oficina de correos,
lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de ser
certificada.



c. Por vía telemática a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de
la Junta de Extremadura,
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf o cualquier otro de
los registros a los que hace referencia el apartado anterior. En caso de presentarlas
por esta vía, para la autenticación y firma electrónica de la solicitud será necesario
que los interesados dispongan de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor.
Si no dispone de ellos, podrán obtenerlos en cualquiera de las siguientes direcciones:



https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
https://www.cert.fnmt.es/

y