Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025063138)
Resolución de 8 de agosto de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y la Asociación Extremeña de Trasplantados, para proporcionar atención a las personas trasplantadas y sus familiares en el Complejo Hospitalario Universitario de Badajoz.
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NÚMERO 161
46517
Jueves 21 de agosto de 2025
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD Y LA
ASOCIACIÓN EXTREMEÑA DE TRASPLANTADOS, PARA PROPORCIONAR ATENCIÓN A
LAS PERSONAS TRASPLANTADAS Y SUS FAMILIARES EN EL COMPLEJO HOSPITALARIO
UNIVERSITARIO DE BADAJOZ
Mérida, 21 de julio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, el Sr. D. Jesús Vilés Piris, en nombre y representación del Servicio Extremeño
de Salud (SES), en calidad de Director Gerente de dicho Organismo, cargo para el que fue
nombrado por Decreto 148/2023, de 2 de agosto (DOE n.º 149, de 3 de agosto de 2023),
actuando en el ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 4.d) del Anexo I del Decreto
221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo
Servicio Extremeño de Salud, modificado por el Decreto 235/2023, de 12 de septiembre, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y
se modifica el Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del
Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud.
De otra parte, D. Manuel Boya Rodríguez, con DNI ***5913** actuando en nombre y representación de la Asociación Extremeña de Trasplantados (en adelante ASEXTRAS), con domicilio a efectos de notificaciones en calle Godofredo Ortega y Muñoz n.º 1 local 10, 06011,
Badajoz y CIF G-06495949; en calidad de Presidente, nombrado en virtud de acuerdo adoptado por la Junta Directiva de dicha asociación en sesión celebrada el 20 de enero de 2024, y
actúa por las facultades que le son conferidas en los Estatutos que regulan la organización y
funcionamiento de ASEXTRAS, y que fueron aprobados por acuerdo de la Asamblea General
celebrada el 28 de abril de 2023, tras la última modificación.
Ambas partes se reconocen, en el concepto en que respectivamente intervienen, la capacidad
legal necesaria para el otorgamiento del presente convenio y, en su virtud,
MANIFIESTAN
Primero. El SES es un organismo autónomo de carácter administrativo creado por la Ley
10/2001, de 28 de junio de Salud de Extremadura, adscrito a la Consejería competente en
materia sanitaria de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dotado
de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines,
disponiendo de tesorería propia y facultades de gestión del patrimonio afecto.
El SES tiene como funciones, entre otras, la planificación, organización, dirección y gestión de
los centros y de los servicios sanitarios adscritos al mismo, y que operen bajo su dependencia
46517
Jueves 21 de agosto de 2025
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD Y LA
ASOCIACIÓN EXTREMEÑA DE TRASPLANTADOS, PARA PROPORCIONAR ATENCIÓN A
LAS PERSONAS TRASPLANTADAS Y SUS FAMILIARES EN EL COMPLEJO HOSPITALARIO
UNIVERSITARIO DE BADAJOZ
Mérida, 21 de julio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, el Sr. D. Jesús Vilés Piris, en nombre y representación del Servicio Extremeño
de Salud (SES), en calidad de Director Gerente de dicho Organismo, cargo para el que fue
nombrado por Decreto 148/2023, de 2 de agosto (DOE n.º 149, de 3 de agosto de 2023),
actuando en el ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 4.d) del Anexo I del Decreto
221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo
Servicio Extremeño de Salud, modificado por el Decreto 235/2023, de 12 de septiembre, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y
se modifica el Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del
Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud.
De otra parte, D. Manuel Boya Rodríguez, con DNI ***5913** actuando en nombre y representación de la Asociación Extremeña de Trasplantados (en adelante ASEXTRAS), con domicilio a efectos de notificaciones en calle Godofredo Ortega y Muñoz n.º 1 local 10, 06011,
Badajoz y CIF G-06495949; en calidad de Presidente, nombrado en virtud de acuerdo adoptado por la Junta Directiva de dicha asociación en sesión celebrada el 20 de enero de 2024, y
actúa por las facultades que le son conferidas en los Estatutos que regulan la organización y
funcionamiento de ASEXTRAS, y que fueron aprobados por acuerdo de la Asamblea General
celebrada el 28 de abril de 2023, tras la última modificación.
Ambas partes se reconocen, en el concepto en que respectivamente intervienen, la capacidad
legal necesaria para el otorgamiento del presente convenio y, en su virtud,
MANIFIESTAN
Primero. El SES es un organismo autónomo de carácter administrativo creado por la Ley
10/2001, de 28 de junio de Salud de Extremadura, adscrito a la Consejería competente en
materia sanitaria de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dotado
de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines,
disponiendo de tesorería propia y facultades de gestión del patrimonio afecto.
El SES tiene como funciones, entre otras, la planificación, organización, dirección y gestión de
los centros y de los servicios sanitarios adscritos al mismo, y que operen bajo su dependencia