Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025063136)
Resolución de 8 de agosto de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de cooperación educativa entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para la realización de prácticas académicas externas curriculares.
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NÚMERO 161
Jueves 21 de agosto de 2025

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Séptima. Seguridad Social y Bolsa o ayuda al estudio.
En relación con el contenido de la Disposición Adicional quincuagésima segunda del texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo
8/2015, de 30 de octubre, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible en
ningún caso se hará cargo de los abonos contenidos en el punto cuarto de la citada disposición
adicional, tanto desde la entrada en vigor del citado desarrollo, como en el caso de previsión
de la aplicación reglamentaria con carácter retroactivo, siendo en este supuesto la Universidad de Extremadura la responsable del abono de los gastos que, en materia de Seguridad
Social, se pudieran derivar.
Las prácticas académicas externas curriculares que se realicen por las personas estudiantes
de la Universidad de Extremadura en los centros dependientes de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible no llevarán aparejada bolsa o ayuda al estudio. Los
alumnos de la Universidad de Extremadura no mantendrán relación laboral alguna con la
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible ni con sus entes o centros dependientes.
Octava. Deberes y derechos de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible y de las personas designadas como tutor/a.
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, bien directamente, bien a
través de las funciones que se encomienden a la persona que ejerza la tutoría de prácticas
académicas externas curriculares, tendrá las siguientes obligaciones:
a) Hacer un seguimiento de las prácticas académicas externas curriculares.
b) Proporcionar a la Universidad de Extremadura la información que le pueda solicitar en
relación con la práctica académica externa curricular o el resultado de ésta.
c) Informar a la Universidad de Extremadura sobre el desempeño de la actividad desarrollada por la persona estudiante en prácticas.
d) Cumplir las condiciones contenidas en la normativa reguladora, en el convenio de cooperación educativa y anexo de prácticas académicas externas curriculares.
e) N
 ombrar una persona como tutor/a que se encargue de garantizar el proceso formativo
del estudiante en la entidad y cuyo perfil profesional se ajuste al programa formativo
definido para la persona estudiante tutorizada, así como de comunicar cualquier incidencia sobre las prácticas al tutor/a académico/a.
f) Cumplir con las normas vigentes sobre seguridad y prevención de riesgos laborales.