Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025063136)
Resolución de 8 de agosto de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de cooperación educativa entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para la realización de prácticas académicas externas curriculares.
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NÚMERO 161
Jueves 21 de agosto de 2025
46484
Para optar a las citadas prácticas, las personas estudiantes tendrán que estar matriculadas en
alguna de las enseñanzas de la Universidad de Extremadura.
El horario de realización de las prácticas académicas externas curriculares se establecerá de
acuerdo con las características de estas y las disponibilidades de la Consejería de Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Sostenible. Los horarios, en todo caso, serán compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación desarrollada por la persona
estudiante en la Universidad y lo dispuesto en el Reglamento de Prácticas Académicas Externas de la Universidad de Extremadura.
Quinta. Oferta y adjudicación de plazas.
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y la Universidad de Extremadura, podrán ofrecer anualmente un número concreto de plazas en las que deberán integrarse
las personas estudiantes que vayan a realizar las prácticas académicas externas curriculares
en los centros de dicha Consejería.
La Universidad de Extremadura propondrá un número determinado de estudiantes para realizar las prácticas académicas externas curriculares de entre los que la Comisión Mixta, regulada en la estipulación decimocuarta del presente convenio, seleccionará aquéllos que, a su
juicio, resulten más idóneos en función de las características del Departamento donde vayan
a integrarse.
Con la finalidad de mantener actualizado, en todo momento, el registro de estudiantes participantes en el presente convenio, los Centros dependientes de la Consejería de Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Sostenible comunicarán a la Universidad de Extremadura cualquier
alta y baja de estudiantes acogidos a este convenio, así como cualquier incidencia destacable.
Sexta. Cobertura de seguro.
La persona que desarrolle las prácticas académicas externas curriculares tendrá la consideración de estudiante a todos los efectos. Por lo tanto, dependerá en todos los aspectos académicos de la Universidad de Extremadura.
La Universidad de Extremadura informará de la firma del presente convenio a la Dirección
Provincial del Seguro Escolar, solicitando la extensión de dicho seguro a la realización de prácticas. La eventualidad de un accidente será cubierta por el Seguro Escolar y por una Póliza de
Responsabilidad Civil para Estudiantes en prácticas, suscrita por la Universidad de Extremadura. De la misma manera, también suscribirá un Seguro de Accidentes para los mayores de
28 años, al no disponer de cobertura del Seguro Escolar.
Jueves 21 de agosto de 2025
46484
Para optar a las citadas prácticas, las personas estudiantes tendrán que estar matriculadas en
alguna de las enseñanzas de la Universidad de Extremadura.
El horario de realización de las prácticas académicas externas curriculares se establecerá de
acuerdo con las características de estas y las disponibilidades de la Consejería de Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Sostenible. Los horarios, en todo caso, serán compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación desarrollada por la persona
estudiante en la Universidad y lo dispuesto en el Reglamento de Prácticas Académicas Externas de la Universidad de Extremadura.
Quinta. Oferta y adjudicación de plazas.
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y la Universidad de Extremadura, podrán ofrecer anualmente un número concreto de plazas en las que deberán integrarse
las personas estudiantes que vayan a realizar las prácticas académicas externas curriculares
en los centros de dicha Consejería.
La Universidad de Extremadura propondrá un número determinado de estudiantes para realizar las prácticas académicas externas curriculares de entre los que la Comisión Mixta, regulada en la estipulación decimocuarta del presente convenio, seleccionará aquéllos que, a su
juicio, resulten más idóneos en función de las características del Departamento donde vayan
a integrarse.
Con la finalidad de mantener actualizado, en todo momento, el registro de estudiantes participantes en el presente convenio, los Centros dependientes de la Consejería de Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Sostenible comunicarán a la Universidad de Extremadura cualquier
alta y baja de estudiantes acogidos a este convenio, así como cualquier incidencia destacable.
Sexta. Cobertura de seguro.
La persona que desarrolle las prácticas académicas externas curriculares tendrá la consideración de estudiante a todos los efectos. Por lo tanto, dependerá en todos los aspectos académicos de la Universidad de Extremadura.
La Universidad de Extremadura informará de la firma del presente convenio a la Dirección
Provincial del Seguro Escolar, solicitando la extensión de dicho seguro a la realización de prácticas. La eventualidad de un accidente será cubierta por el Seguro Escolar y por una Póliza de
Responsabilidad Civil para Estudiantes en prácticas, suscrita por la Universidad de Extremadura. De la misma manera, también suscribirá un Seguro de Accidentes para los mayores de
28 años, al no disponer de cobertura del Seguro Escolar.