Getafe (BOCM-20250505-46)
Organización y funcionamiento. Reglamento Uso Instalaciones Deportivas
40 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE MAYO DE 2025
Pág. 191
OFICIALES/ordenanzas fiscales/Norma Reguladora Nº 5.1. del Precio Público por la Prestación de
Servicios por El Área Social), en cuyo caso la devolución deberá solicitarse según la normativa, a
través del Registro Administrativo del Ayuntamiento de Getafe, justificando según proceda el motivo de reclamación de devolución.
Recomendaciones generales de uso en piscinas.
Se recomienda a todas las personas usuarias:
1.
Usar chanclas para andar por los vestuarios, playas y zonas de baño.
2.
Usar los aseos antes de entrar a la zona de baño.
3.
No bañarse mientras se realiza la digestión.
4.
Si se sufre algún tipo de molestia, se recomienda acudir al servicio médico.
5.
Tomar el sol con precaución, limitar el tiempo de exposición y utilizar cremas solares adecuadas.
6.
Comprobar la profundidad de la piscina antes de lanzarse al agua y vigilar que no hay bañistas cerca.
7.
Utilizar gafas y gorro de baño.
8.
No portar objetos de valor, siendo los mismos de responsabilidad única y exclusiva de su
portador declinando el Ayuntamiento de Getafe cualquier tipo de responsabilidad por pérdida, deterioro, hurto o robo en la instalación deportiva. La Delegación de Deportes no se
hace responsable de la desaparición de estos en vestuarios, guardarropas, merendero,
playas y pradera.
Capítulo II. Pabellones deportivos
Características de los pabellones deportivos.
Se denomina pabellón deportivo a aquella edificación cubierta y cerrada, cuya sala o salas permiten desarrollar en su interior la práctica de una gran variedad de actividades deportivas. Dando
servicio a estas salas se pueden encontrar vestuarios colectivos, almacenes, oficinas y, en algunos
casos, graderíos para espectadores.
1.
Solo se permite el acceso al pabellón con calzado deportivo y vestimenta adecuada.
2.
Solo se permite el acceso a la pista de personas usuarias. Los familiares y/o acompañantes deberán permanecer fuera de la pista y de los espacios complementarios.
3.
Las personas usuarias harán uso de las pistas única y exclusivamente en las horas que la
Delegación de Deportes les haya asignado.
4.
Las personas usuarias deberán abandonar las instalaciones una vez finalizada la actividad en la que participen o se encuentren inscritas. El acceso a los vestuarios se permitirá
30 minutos antes del horario consignado como comienzo de la actividad en el recibo correspondiente. La salida será como máximo 30 minutos después de finalizar su horario.
5.
Las personas usuarias que pertenezcan a algún equipo o grupo han de esperar hasta que
llegue a la instalación la persona responsable del mismo para hacer uso de los vestuarios,
del material y del terreno de juego, así como de otras dependencias que existan. El responsable del grupo o equipo debe ser el primero en entrar y el último en salir, tanto en los
entrenamientos como en los partidos.
6.
Cualquier material que se ubique en la pista deberá ir provisto, en su parte inferior, de un
protector para no dejar marcas ni dañar el pavimento. En el caso de elementos que, por
su estructura, peso o envergadura, puedan entrañar peligro, deberán estar debidamente
anclados al suelo para evitar su caída.
7.
Queda prohibido fumar en cualquiera de las dependencias o inmediaciones de los pabellones.
BOCM-20250505-46
Normas de uso en pabellones deportivos.
B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE MAYO DE 2025
Pág. 191
OFICIALES/ordenanzas fiscales/Norma Reguladora Nº 5.1. del Precio Público por la Prestación de
Servicios por El Área Social), en cuyo caso la devolución deberá solicitarse según la normativa, a
través del Registro Administrativo del Ayuntamiento de Getafe, justificando según proceda el motivo de reclamación de devolución.
Recomendaciones generales de uso en piscinas.
Se recomienda a todas las personas usuarias:
1.
Usar chanclas para andar por los vestuarios, playas y zonas de baño.
2.
Usar los aseos antes de entrar a la zona de baño.
3.
No bañarse mientras se realiza la digestión.
4.
Si se sufre algún tipo de molestia, se recomienda acudir al servicio médico.
5.
Tomar el sol con precaución, limitar el tiempo de exposición y utilizar cremas solares adecuadas.
6.
Comprobar la profundidad de la piscina antes de lanzarse al agua y vigilar que no hay bañistas cerca.
7.
Utilizar gafas y gorro de baño.
8.
No portar objetos de valor, siendo los mismos de responsabilidad única y exclusiva de su
portador declinando el Ayuntamiento de Getafe cualquier tipo de responsabilidad por pérdida, deterioro, hurto o robo en la instalación deportiva. La Delegación de Deportes no se
hace responsable de la desaparición de estos en vestuarios, guardarropas, merendero,
playas y pradera.
Capítulo II. Pabellones deportivos
Características de los pabellones deportivos.
Se denomina pabellón deportivo a aquella edificación cubierta y cerrada, cuya sala o salas permiten desarrollar en su interior la práctica de una gran variedad de actividades deportivas. Dando
servicio a estas salas se pueden encontrar vestuarios colectivos, almacenes, oficinas y, en algunos
casos, graderíos para espectadores.
1.
Solo se permite el acceso al pabellón con calzado deportivo y vestimenta adecuada.
2.
Solo se permite el acceso a la pista de personas usuarias. Los familiares y/o acompañantes deberán permanecer fuera de la pista y de los espacios complementarios.
3.
Las personas usuarias harán uso de las pistas única y exclusivamente en las horas que la
Delegación de Deportes les haya asignado.
4.
Las personas usuarias deberán abandonar las instalaciones una vez finalizada la actividad en la que participen o se encuentren inscritas. El acceso a los vestuarios se permitirá
30 minutos antes del horario consignado como comienzo de la actividad en el recibo correspondiente. La salida será como máximo 30 minutos después de finalizar su horario.
5.
Las personas usuarias que pertenezcan a algún equipo o grupo han de esperar hasta que
llegue a la instalación la persona responsable del mismo para hacer uso de los vestuarios,
del material y del terreno de juego, así como de otras dependencias que existan. El responsable del grupo o equipo debe ser el primero en entrar y el último en salir, tanto en los
entrenamientos como en los partidos.
6.
Cualquier material que se ubique en la pista deberá ir provisto, en su parte inferior, de un
protector para no dejar marcas ni dañar el pavimento. En el caso de elementos que, por
su estructura, peso o envergadura, puedan entrañar peligro, deberán estar debidamente
anclados al suelo para evitar su caída.
7.
Queda prohibido fumar en cualquiera de las dependencias o inmediaciones de los pabellones.
BOCM-20250505-46
Normas de uso en pabellones deportivos.