Getafe (BOCM-20250505-46)
Organización y funcionamiento. Reglamento Uso Instalaciones Deportivas
40 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE MAYO DE 2025
Pág. 195
ción. Norma accesible a través de la web municipal www.getafe.es, sección PUBLICACIONES
OFICIALES/ordenanzas fiscales/Norma Reguladora Nº 5.1. del Precio Público por la Prestación de
Servicios por El Área Social.
La Delegación de Deportes podrá implantar nuevos procesos de anulación de la reserva con el
objetivo de mejorar y agilizar el servicio prestado, anunciados a través de su página web.
Capítulo VII. Sala de entrenamiento o sala fitness
Características de las salas de entrenamiento sala fitness.
Se entiende por sala fitness el espacio, sala o local dotado de maquinaria y utensilios adecuados
para realizar ejercicio de manera controlada. En una sala fitness o de entrenamiento se contemplan todo tipo de trabajos: fuerza, resistencia, flexibilidad, equilibrio, coordinación, etc.
Tipos de personas usuarias en las salas de entrenamiento (fitness).
En este tipo de salas pueden convivir varios tipos de usuarios:
1.
Personas inscritas en la actividad ofertada por la Delegación de Deportes para hacer uso
y disfrute de la sala de manera cotidiana, cuyo acceso se realiza previo pago de la cuota
mensual.
2.
Personas que asistan de manera puntual a las instalaciones previa reserva y pago de una
franja horaria concreta a través de página web de gestión https://ocio.getafe.es , o cualquier otra que la sustituya.
3.
Academias, clubes, escuelas, etc., que sean Usuarios Regular de Instalaciones Deportivas (URI) y que deseen ampliar o completar sus sesiones de entrenamiento con un trabajo más específico. Para este fin, las entidades deben solicitar el uso de la sala a la Delegación de Deportes a través de Registro de Entrada del Ayuntamiento de Getafe. Se
atenderá la petición y se resolverá en función del número de solicitudes, de la disponibilidad de la sala y del tamaño de la misma. En caso positivo, la cesión tendrá validez para
una temporada, debiendo volver a solicitarse en los plazos establecidos a tal efecto al finalizar la misma.
1.
No se permite el acceso a menores de 18 años salvo para usos puntuales de grupos o
equipos, siempre y cuando los menores estén supervisados por un entrenador o responsable mayor de edad.
2.
Las personas usuarias deberán ceñirse a los días y horas concedidos en función de su tipo de uso.
3.
Es obligatorio el uso de toalla tanto en la maquinaria como en las colchonetas de uso
compartido. La dimensión de la toalla será tal que garantice que la superficie a cubrir no
queda expuesta al sudor.
4.
El atuendo de las personas usuarias deberá ser deportivo, adecuado y limpio. Igualmente,
se utilizará calzado deportivo exclusivo para la sala; flexible y con las suelas limpias. No
se permitirá entrenar con vestimenta de piscina (bañador, chanclas, etc.) ni entrenar sin
camiseta.
5.
El material deportivo se colocará en su lugar correspondiente una vez finalizado el ejercicio.
6.
El equipamiento se debe tratar de forma responsable de acuerdo con las normas de la
instalación y a las directrices de los entrenadores/entrenadoras, evitando así situaciones
peligrosas o lesivas. Si se desconoce el uso de alguna máquina, se debe consultar previamente su funcionamiento.
7.
Queda prohibido golpear las placas y tratar bruscamente la maquinaria. También se
prohíbe dejar discos y mancuernas encima de los bancos y aparatos para un mejor cuidado y conservación de los mismos.
8.
La utilización de los equipos de música, televisores, ordenador, etc., es de uso exclusivo
del personal de la instalación.
BOCM-20250505-46
Normas de uso en las salas de entrenamiento (fitness).
B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE MAYO DE 2025
Pág. 195
ción. Norma accesible a través de la web municipal www.getafe.es, sección PUBLICACIONES
OFICIALES/ordenanzas fiscales/Norma Reguladora Nº 5.1. del Precio Público por la Prestación de
Servicios por El Área Social.
La Delegación de Deportes podrá implantar nuevos procesos de anulación de la reserva con el
objetivo de mejorar y agilizar el servicio prestado, anunciados a través de su página web.
Capítulo VII. Sala de entrenamiento o sala fitness
Características de las salas de entrenamiento sala fitness.
Se entiende por sala fitness el espacio, sala o local dotado de maquinaria y utensilios adecuados
para realizar ejercicio de manera controlada. En una sala fitness o de entrenamiento se contemplan todo tipo de trabajos: fuerza, resistencia, flexibilidad, equilibrio, coordinación, etc.
Tipos de personas usuarias en las salas de entrenamiento (fitness).
En este tipo de salas pueden convivir varios tipos de usuarios:
1.
Personas inscritas en la actividad ofertada por la Delegación de Deportes para hacer uso
y disfrute de la sala de manera cotidiana, cuyo acceso se realiza previo pago de la cuota
mensual.
2.
Personas que asistan de manera puntual a las instalaciones previa reserva y pago de una
franja horaria concreta a través de página web de gestión https://ocio.getafe.es , o cualquier otra que la sustituya.
3.
Academias, clubes, escuelas, etc., que sean Usuarios Regular de Instalaciones Deportivas (URI) y que deseen ampliar o completar sus sesiones de entrenamiento con un trabajo más específico. Para este fin, las entidades deben solicitar el uso de la sala a la Delegación de Deportes a través de Registro de Entrada del Ayuntamiento de Getafe. Se
atenderá la petición y se resolverá en función del número de solicitudes, de la disponibilidad de la sala y del tamaño de la misma. En caso positivo, la cesión tendrá validez para
una temporada, debiendo volver a solicitarse en los plazos establecidos a tal efecto al finalizar la misma.
1.
No se permite el acceso a menores de 18 años salvo para usos puntuales de grupos o
equipos, siempre y cuando los menores estén supervisados por un entrenador o responsable mayor de edad.
2.
Las personas usuarias deberán ceñirse a los días y horas concedidos en función de su tipo de uso.
3.
Es obligatorio el uso de toalla tanto en la maquinaria como en las colchonetas de uso
compartido. La dimensión de la toalla será tal que garantice que la superficie a cubrir no
queda expuesta al sudor.
4.
El atuendo de las personas usuarias deberá ser deportivo, adecuado y limpio. Igualmente,
se utilizará calzado deportivo exclusivo para la sala; flexible y con las suelas limpias. No
se permitirá entrenar con vestimenta de piscina (bañador, chanclas, etc.) ni entrenar sin
camiseta.
5.
El material deportivo se colocará en su lugar correspondiente una vez finalizado el ejercicio.
6.
El equipamiento se debe tratar de forma responsable de acuerdo con las normas de la
instalación y a las directrices de los entrenadores/entrenadoras, evitando así situaciones
peligrosas o lesivas. Si se desconoce el uso de alguna máquina, se debe consultar previamente su funcionamiento.
7.
Queda prohibido golpear las placas y tratar bruscamente la maquinaria. También se
prohíbe dejar discos y mancuernas encima de los bancos y aparatos para un mejor cuidado y conservación de los mismos.
8.
La utilización de los equipos de música, televisores, ordenador, etc., es de uso exclusivo
del personal de la instalación.
BOCM-20250505-46
Normas de uso en las salas de entrenamiento (fitness).