Getafe (BOCM-20250505-46)
Organización y funcionamiento. Reglamento Uso Instalaciones Deportivas
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 196

LUNES 5 DE MAYO DE 2025

9.

B.O.C.M. Núm. 106

Los responsables de grupos o equipos velarán por el orden y por el buen funcionamiento
de las actividades que lleven a cabo. Así mismo, deberán comunicar al monitor o a los
técnicos cualquier anomalía que encuentran en la sala con el objeto de poder subsanarlo
lo antes posible.

10. No se permite introducir mochilas, bolsas o maletas en las salas de entrenamiento.
11. No se permite comer en las instalaciones. Sin embargo, si está permitido beber, siempre y
cuando las botellas o botes ofrezcan garantías de que no pueden ser rotos o vertidos con
facilidad.
12. Con el objetivo de establecer un uso fluido del material y de la maquinaria, no se debe
permanecer en las estaciones conversando o descansando. Si otra persona necesita el
mismo material deportivo, se ha de establecer un turno de uso, siempre y cuando la dinámica de los ejercicios lo permita.
13. Por último, por medidas de higiene corporal y confort, se recomienda el uso de una segunda camiseta limpia después de realizar actividades aeróbicas prolongadas. También
se recomienda el uso de guantes de entrenamiento.
Capítulo VIII. Rocódromo
Características de los rocódromos.
Un rocódromo es una construcción artificial para practicar la escalada deportiva. Suele ser una
pared vertical o con inclinaciones de superficie irregular para ofrecer al escalador diversos puntos
de agarre y apoyo. En los rocódromos pueden diferenciarse zonas tipo Boulder o escalada en
bloque y zonas de para la escalada deportiva.
Normas de uso en rocódromos.
En lo que respecta al uso de la instalación en las escuelas deportivas o clubes, se atenderán y
seguirán las indicaciones del personal responsable de cada entidad. Los profesores y entrenadores tienen dentro de sus obligaciones hacer cumplir la norma y llevar a cabo una práctica deportiva
segura.

1.

Para el control de uso por parte de los trabajadores de la instalación, hay que reflejar en
un documento (tipo ficha) los datos identificativos de las personas usuarias que accedan
al rocódromo.

2.

El uso de la instalación se realizará en parejas para garantizar la seguridad de los deportistas. Por tanto, los dos miembros de la pareja no podrán escalar a la vez.

3.

Los menores de edad deberán estar federados y acceder a la instalación acompañados
de un responsable mayor de edad federado e identificado.

4.

No se permite acceder o escalar en la misma vía o itinerario a dos escaladores diferentes.

5.

Como máximo, podrán simultanear la actividad en la instalación seis personas (tres cordadas) y sólo se podrán realizar travesías cuando las vías estén libres de escaladores.

6.

Por motivos de seguridad, solo se permite el uso de material deportivo homologado y en
buenas condiciones: cuerda de escalada, arnés de escalada, mosquetones, ochos y cintas para seguros, pies de gato o zapatillas deportivas, casco, etc.

7.

Se prohíbe el uso de magnesio en polvo y se permite magnesio líquido.

8.

Está prohibido mover o desplazar las presas de su emplazamiento o modificar los itinerarios sin la autorización correspondiente de la Delegación de Deportes. Igualmente, está
prohibido instalar tirolinas y/o cuerdas horizontales.

9.

No está permitido escalar sin cuerda a partir de los dos metros de altura.

10. Es obligatorio colocar todos los seguros que pertenezcan al itinerario por el que se está
ascendiendo.

BOCM-20250505-46

En cuanto al uso independiente de los rocódromos, se requiere estar en posesión de cualquier
licencia federativa en vigor, ya sea a nivel nacional o provincial, relacionada con los deportes de
montañismo, escalada o espeleología. Dicha documentación, acompañada del documento nacional de identidad, puede ser requerida en cualquier momento por el personal de la instalación.
Además, se atenderá a las siguientes indicaciones: