Pozuelo de Alarcón (BOCM-20250505-52)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE MAYO DE 2025
Pág. 217
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
POZUELO DE ALARCÓN
URBANISMO
En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
y 43.2 d) del Reglamento Orgánico del Pleno y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se anuncia que el Pleno, por acuerdo adoptado en sesión de 20 de marzo de 2025, ha aprobado definitivamente la Modificación Puntual del Plan Parcial de Reforma Interior del Área de
Planeamiento Remitido APR 4.3-09 “Avenida de Europa, calle América y carretera de Húmera”, contemplándose en la parte dispositiva del mencionado acuerdo, en lo que afecta a
dicha aprobación, lo siguiente:
Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan Parcial de Reforma Interior
del Área de Planeamiento Remitido APR 4.3-09 “Avenida de Europa, calle América y carretera de Húmera” formulado por Eagle Eye Pozuelo, S. L., concretado en la documentación
presentada con fecha 16 de abril de 2024 (RGE: 16093 y 16096), con los CSV correspondientes dado que se cumplen plenamente las previsiones del planeamiento vigente, así como las
de la legislación del suelo que resultan de aplicación, con las condiciones siguientes:
— En relación con las licencias urbanísticas que se tramiten en las parcelas resultantes del planeamiento, y en cumplimiento de lo dispuesto en el informe emitido por
la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, de fecha 12 de agosto de 2024:
a) Todas las áreas acústicas delimitadas deberán cumplir los valores objetivo
de calidad acústica aplicables de acuerdo con el anexo II del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003,
del ruido.
b) Deben adoptarse actuaciones de mitigación del cambio climático, que compensen la emisión de gases de efecto invernadero.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el día 11 de abril de 2025 se ha depositado un
ejemplar debidamente diligenciado del Plan Parcial en el Registro de Planes de Ordenación
Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad
de Madrid, por lo que, a continuación, se procede a la publicación del texto refundido de
las Normas Urbanísticas del mencionado Plan Parcial con el nuevo articulado, cuyo texto
es el siguiente:
«REFUNDIDO NORMAS URBANÍSTICAS
DEL PLAN PARCIAL CON EL NUEVO ARTICULADO
Disposiciones de carácter general
Artículo 1. Objeto, función y contenido sustantivo.
a) El objeto del presente Plan Parcial de Reforma Interiores la ordenación urbanística
pormenorizada de los terrenos de suelo urbano constituidos por el Área de Planeamiento Remitido APR 4.3-09 “Avenida de Europa, calle América y carretera de
Aravaca” del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, aprobado definitivamente por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid de 14 de marzo de 2002 (texto refundido aprobado el 6 de junio de 2002
y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de fecha 4
de julio de 2002). El Plan Parcial se somete en sus términos a los aspectos generales de dicho planeamiento del cual es desarrollo.
BOCM-20250505-52
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B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE MAYO DE 2025
Pág. 217
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
POZUELO DE ALARCÓN
URBANISMO
En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
y 43.2 d) del Reglamento Orgánico del Pleno y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se anuncia que el Pleno, por acuerdo adoptado en sesión de 20 de marzo de 2025, ha aprobado definitivamente la Modificación Puntual del Plan Parcial de Reforma Interior del Área de
Planeamiento Remitido APR 4.3-09 “Avenida de Europa, calle América y carretera de Húmera”, contemplándose en la parte dispositiva del mencionado acuerdo, en lo que afecta a
dicha aprobación, lo siguiente:
Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan Parcial de Reforma Interior
del Área de Planeamiento Remitido APR 4.3-09 “Avenida de Europa, calle América y carretera de Húmera” formulado por Eagle Eye Pozuelo, S. L., concretado en la documentación
presentada con fecha 16 de abril de 2024 (RGE: 16093 y 16096), con los CSV correspondientes dado que se cumplen plenamente las previsiones del planeamiento vigente, así como las
de la legislación del suelo que resultan de aplicación, con las condiciones siguientes:
— En relación con las licencias urbanísticas que se tramiten en las parcelas resultantes del planeamiento, y en cumplimiento de lo dispuesto en el informe emitido por
la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, de fecha 12 de agosto de 2024:
a) Todas las áreas acústicas delimitadas deberán cumplir los valores objetivo
de calidad acústica aplicables de acuerdo con el anexo II del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003,
del ruido.
b) Deben adoptarse actuaciones de mitigación del cambio climático, que compensen la emisión de gases de efecto invernadero.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el día 11 de abril de 2025 se ha depositado un
ejemplar debidamente diligenciado del Plan Parcial en el Registro de Planes de Ordenación
Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad
de Madrid, por lo que, a continuación, se procede a la publicación del texto refundido de
las Normas Urbanísticas del mencionado Plan Parcial con el nuevo articulado, cuyo texto
es el siguiente:
«REFUNDIDO NORMAS URBANÍSTICAS
DEL PLAN PARCIAL CON EL NUEVO ARTICULADO
Disposiciones de carácter general
Artículo 1. Objeto, función y contenido sustantivo.
a) El objeto del presente Plan Parcial de Reforma Interiores la ordenación urbanística
pormenorizada de los terrenos de suelo urbano constituidos por el Área de Planeamiento Remitido APR 4.3-09 “Avenida de Europa, calle América y carretera de
Aravaca” del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, aprobado definitivamente por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid de 14 de marzo de 2002 (texto refundido aprobado el 6 de junio de 2002
y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de fecha 4
de julio de 2002). El Plan Parcial se somete en sus términos a los aspectos generales de dicho planeamiento del cual es desarrollo.
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