C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250507-17)
Concesión subvenciones – Orden 903/2025, de 22 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se revoca parcialmente la Orden 1971/2024, de 28 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se revocan total o parcialmente subvenciones concedidas en virtud de la Orden 1644/2024, de 9 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se concedieron subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales para el año 2024, en lo referido al Club Tenis Vallecas
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BOCM
Pág. 78
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 108
Deporte por la que se concedieron subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales para el año 2024, en lo referido al Club Tenis Vallecas, en tanto no ha transcurrido el plazo de prescripción, no constituye dispensa o exención no permitida por las
leyes, ni es contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Deportes,
DISPONGO
Primero
Revocar parcialmente la Orden 1971/2024, de 28 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se revocan total o parcialmente subvenciones concedidas en virtud de la Orden 1644/2024, de 9 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se concedieron subvenciones destinadas a Asociaciones
Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales para el año 2024, dejando sin efecto la misma en lo referido al
Club Tenis Vallecas, para continuar así con el procedimiento de abono de la subvención.
Segundo
Ordenar la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, produciendo plenos efectos desde el día de su publicación en dicho diario.
BOCM-20250507-17
Lo que se notifica, significándole que la presente orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la presente
notificación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de
conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan
ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.
En Madrid, a 22 de abril de 2025.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C.
(Orden 1389/2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre
de 2021), el Secretario General Técnico, Fernando Casado González.
(03/6.471/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 78
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 108
Deporte por la que se concedieron subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales para el año 2024, en lo referido al Club Tenis Vallecas, en tanto no ha transcurrido el plazo de prescripción, no constituye dispensa o exención no permitida por las
leyes, ni es contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Deportes,
DISPONGO
Primero
Revocar parcialmente la Orden 1971/2024, de 28 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se revocan total o parcialmente subvenciones concedidas en virtud de la Orden 1644/2024, de 9 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se concedieron subvenciones destinadas a Asociaciones
Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales para el año 2024, dejando sin efecto la misma en lo referido al
Club Tenis Vallecas, para continuar así con el procedimiento de abono de la subvención.
Segundo
Ordenar la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, produciendo plenos efectos desde el día de su publicación en dicho diario.
BOCM-20250507-17
Lo que se notifica, significándole que la presente orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la presente
notificación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de
conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan
ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.
En Madrid, a 22 de abril de 2025.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C.
(Orden 1389/2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre
de 2021), el Secretario General Técnico, Fernando Casado González.
(03/6.471/25)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791