Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago (BOCM-20250507-50)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 108

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE MAYO DE 2025

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6.3- En el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran
surgir en aplicación de estas normas, así como la forma de actuación en los casos no previstos en
las mismas.
6.4- El Tribunal, a la vista del resultado del proceso selectivo, efectuará propuesta motivada de
resolución incluyendo las relaciones de aspirantes seleccionados, ordenados según la puntuación
obtenida, para su posterior elevación a la Alcaldía.
6.5- El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y adoptar los
acuerdos precisos para el buen orden de la convocatoria en todo lo no previsto en las presentes
bases, el Convenio Colectivo en vigor y demás normativa aplicable.
7. - CONTRATACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO
7.1- Las contrataciones temporales se realizarán según las necesidades del servicio, a jornada
completa o tiempo parcial.
Según necesidades del servicio, los integrantes de la bolsa de Trabajo serán requeridos, mediante llamada telefónica o correo electrónico, para formalizar el correspondiente contrato y deberán presentar en el plazo máximo de 24 horas desde su llamamiento la siguiente documentación:


Nº de afiliación a la Seguridad Social



Certificado médico en el que se acredite no padecer enfermedad o defecto físico que impida
el normal desarrollo de la función a realizar.



Declaración Responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualesquiera Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño
de funciones públicas mediante Sentencia judicial firme.



No hallarse incurso/a en causa de incapacidad/incompatibilidad con arreglo a la legislación
vigente.



Nº de cuenta bancara para el ingreso de la nómina.

Los integrantes de la Bolsa de Trabajo que, en el momento de ser requeridos para su incorporación al Servicio, renuncien al puesto de trabajo deberán presentar la renuncia por escrito en el
plazo máximo de 24 horas, independientemente de ser justificada o no. De no ser justificada o
suficientemente justificada dicha excusa, pasará como candidato al último puesto. La misma norma
se aplicará a los que no comparezcan en el plazo de 24 horas desde su llamamiento a la presentación de documentos necesarios para formalizar el contrato.
Solo se admitirán como justificaciones válidas:


Encontrarse en situación de baja médica por enfermedad o accidente.



Encontrarse en los últimos meses de embarazo.



Encontrarse en situación de permiso por paternidad, maternidad do acogimiento.



Otras circunstancias de fuerza mayor acreditadas por profesional competente.



Contratación temporal en otra empresa (es necesario acreditarlo con contrato de trabajo).

Si el candidato está ausente en tres intentos de localización telefónica entre los que deberá
mediar un intervalo mínimo de 24 horas, y no se reciba contestación al correo electrónico remitido
en un plazo de 24 horas. Se considerará rehusado al nombramiento y se procederá al llamamiento
de los sucesivos candidatos hasta localizar uno disponible.
8. - RÉGIMEN JURÍDICO DE LA CONTRATACIÓN.

8.2- La extinción del contrato por no superación del periodo de prueba implicará la exclusión de
la Bolsa de Trabajo.
8.3- Si una vez aceptada la oferta de contratación o durante la vigencia del contrato, el interesado renunciase voluntariamente al mismo, será eliminado automáticamente de la Bolsa, salvo que
se trate de una contratación en una categoría profesional de superior nivel salarial.

BOCM-20250507-50

8.1- Las contrataciones deberán ajustarse a las normas legales y reglamentarias en materia de
contratos laborales de naturaleza temporal.