Pozuelo de Alarcón (BOCM-20250507-62)
Urbanismo. Plan parcial
<< 15 << Página 15
Página 16 Pág. 16
-
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 108

MIÉRCOLES 7 DE MAYO DE 2025

Pág. 195

Artículo 31. ZONA 5 –Infraestructuras. M-511 y Metro Ligero (RSM-INF-VC, RSM-INF-ML).
1) Definición.
Se corresponde esta ordenanza con los suelos grafiados como:
- RSM-INF-VC - Red Supramunicipal de infraestructuras viarias de comunicaciones, Dominio Público de la carretera M-511.
- RSM-INF-ML - Red Supramunicipal de infraestructuras Metro Ligero.
La titularidad de estos suelos corresponde a la Comunidad de Madrid.
2) Condiciones específicas de la zona RSM-INF-VC.
Cualquier actuación sobre esta zona se regula por las condiciones establecidas en la normativa de
aplicación, que es la Ley 3/91, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid y su
Reglamento, aprobado por Decreto 29/93, de 11 de marzo. En materia de accesos será de aplicación la Orden de 23 de mayo de 2019, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se derogan los títulos I a IV de la Orden de 3 de abril de 2002, por la que se desarrolla el Decreto 29/1993, de 11 de marzo, Reglamento de la ley de Carreteras de la Comunidad de
Madrid en materia de accesos a la red de carreteras de la Comunidad de Madrid.
Los instrumentos de planeamiento urbanístico que se tramiten en desarrollo del presente Plan
Parcial y que afecten a carreteras de la Red de la Comunidad de Madrid, deberá remitirse a la
Dirección General para su oportuno informe favorable y vinculante, antes de su aprobación definitiva, de acuerdo con el artículo 22.1 del Reglamento de la Ley de Carreteras de la Comunidad de
Madrid, aprobado por Decreto 29/1993, de 11 de marzo.
Cualquier actuación en la zona de protección de las carreteras competencia de la Comunidad de
Madrid deberán definirse mediante proyectos específicos completos que serán remitidos a la Dirección General de Carreteras para su autorización y estarán redactados por técnicos competentes
y visados por el colegio profesional correspondiente. Antes del comienzo de cualquier obra que
pueda afectar al dominio público viario de la Comunidad de Madrid o su zona de protección deberá
pedirse permiso a la Dirección General de Carreteras.
3) Condiciones específicas de la zona RSM-INF-ML.
Corresponde a la parcela destinada a albergar la línea de metro ligero y sus cocheras.
Condiciones de uso:
Uso principal: equipamientos públicos de carácter supramunicipal destinados a la infraestructura
del transporte y equipamientos afines.
Usos compatibles (Terciarios): Clase C) Oficinas en categorías 1, 2 y 3
Otras condiciones:
Para la ejecución de la urbanización y cualquier obra o trabajos en la zona RSM-INF-ML, sobre el
túnel de Metro Ligero debe hacerse coordinación de Metro Ligero Oeste y previa obtención de
autorización de la Dirección General de Infraestructuras de Transporte Colectivo.

Contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, o cualquier otro que se estime procedente, indicándose que la
interposición de recurso no paraliza la ejecutividad del acuerdo.
En Pozuelo de Alarcón, a 24 de abril de 2025.—El Secretario General del Pleno, Gonzalo Cerrillo Cruz.
(03/6.565/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20250507-62

En las futuras actuaciones contempladas en la zona RSM-INF-ML sobre el túnel del Metro Ligero,
no pueden colocarse plantaciones ni redes de riego.”